Hola estimados colegas, tengo un par de dudas con respecto a una división de condominio y por favor quisiera que me den una mano. El expediente se encuentra tramitando en capital federal, voy por las demandadas (son dos hermanas) y con la actora coheredera, estamos de acuerdo en el valor de la propiedad, ahora bien el problema surge en que la actora exige que se abone el 50% de los SERVICIOS E IMPUESTOS (que vienen del año 1991) a raíz de un acuerdo en sede judicial firmado por la titular anterior en el que se hacia cargo de los mismos con la venta del bien el cual en su momento no se realizo. Aclaro que en el 2000 mis clientas, hermanas de la titular mencionada, heredan por testamento el 50 indiviso del inmueble y por ello se endereza la demanda contra ellas.
Mi duda surge por este acuerdo sobre si es valido que se pida su cumplimento 20 años después y mas contra personas que ni siquiera sabían de su existencia, si estoy seguro sobre el pago de los impuestos, pero no creo que deban hacerse cargo de los servicios ya que solo fue la actora la que usufructuó el inmueble todos estos años. Ustedes que me aconsejan? Desde ya muchas gracias
Mi duda surge por este acuerdo sobre si es valido que se pida su cumplimento 20 años después y mas contra personas que ni siquiera sabían de su existencia, si estoy seguro sobre el pago de los impuestos, pero no creo que deban hacerse cargo de los servicios ya que solo fue la actora la que usufructuó el inmueble todos estos años. Ustedes que me aconsejan? Desde ya muchas gracias
