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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #901943  por MIOZZOMA
 
Hola compañeros!! Queria hacer la siguiente consulta a ver si alguien me la responde porq yo estoy llena de dudas!!!

Señor de 66 años, italiano, ingreso al pais a los 8 años de edad. Tiene aportes como autonomo. Nunca tramito DNI, sino q se manejo con una cedula de la policia q renovo en el año 92. Actualmente hace 10 años q vive en España y le hizo un poder a la Hna para que tramite Jubilacion.

Migraciones consta q con cédula se puede obtener Dni pero tendria q surgir la radicacion en la cédula- Hay q ver si aceptan el poder porq el señor no tiene pensado volver. Es posible Jubilarlo??? ideasssss por favor!!!
 #901957  por diegomdp
 
antes podia jubilarse con cedula, despues en anses empezaron a no permitirlo y de hecho en las resolciones donde figura que documentacion deben presentar los extrajeros habla siempre de dni y no de cedula, buscando me pasaron una vez una resolcion de la sss creo que era del año 97 donde se establecia que era requisito para poder inicar una jubi que el extrajero tuviera dni, luego de leer la ley demigraciones y al resolucion desisti de pelear un tramite con cedula salvo para casos de pension donde no hay inconvenientes