Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PAGO DE LA TASA EN PCIA. POR SUCESIÓN

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #902100  por veronicacecilia
 
Buenas tardes Colegas,
Los molesto porque requiero asesoramiento sobre la tasa a abonar.
Resulta que en una sucesión presentamos un impuesto con una valuación baja, pero ahora de ARBA recibí una valuación por otro monto más elevado.
La consulta es ¿cuál valuación considero para pagar la tasa? De ser la informada por ARBA ¿Tomo el monto de valuación fiscal o el monto menor que dice en valuación tierra / val. edificio? ¿abono el 2,2%?
Agradezco los comentarios.
saludos.
 #902110  por kantaclaro
 
Debes tomar el que dice "valuac. fiscal", abonas el 2,2% de la suma transmitida + el 10% de ella por sobretasa. Sds