Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Riesgo de comprar a herederos declarados

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #906032  por Alidiaz
 
Que tal.
Cuando alguien compra bienes a herederos con solo declaratoria.
Y posteriormente se presenta otro heredero solicitando su inclusión como heredero, corre el comprador algún riesgo de que le reclame algo?
 #906056  por Sailaw
 
Dos situaciones se pueden presentar: la primera que la declaratoria se encuentra inscripta en el Registro de la propiedad con la cesiòn, en ese caso a mi criterio no puede haber posibilidad de reclamo al tercero de buena fe, que es el cesionario, la segunda es que no se encuentre inscripta la declaratoria, y si puede pedir la ampliaciòn el heredero que habia sido salteado, y si afecta el derecho del cesionario
 #906073  por Alidiaz
 
Lo que hacen en Entre Ríos es con la sola declaratoria la compraventa por tracto abreviado, inscribiendo la escritura en el Registro. Hay un artículo de la ley 17.801 que autoriza el tracto abreviado, creo que en el art. 14, pero me parece que no dice nada sobre la oponibilidad.
Y he visto que es bastante frecuente ese tipo de venta por tracto abreviado con declaratoria de por medio.
Gracias.
 #906089  por andresxeneizes
 
Sailaw escribió:Dos situaciones se pueden presentar: la primera que la declaratoria se encuentra inscripta en el Registro de la propiedad con la cesiòn, en ese caso a mi criterio no puede haber posibilidad de reclamo al tercero de buena fe, que es el cesionario, la segunda es que no se encuentre inscripta la declaratoria, y si puede pedir la ampliaciòn el heredero que habia sido salteado, y si afecta el derecho del cesionario
coincido
 #906108  por Alidiaz
 
Sin perjucio de la mala o buena fe, si yo compro un inmueble, estando la declaratoria registrada, es como que estoy aceptando la cosa juzgada meramente formal, y estaría como aceptando la presentación de otro heredero.
Debe haber alguna norma del código respecto de la oponibilidad de la venta al heredero presentado tardíamente. El presentado tardíamente tendría acción contra lo demás herederos reclamando su parte.
 #906129  por andresxeneizes
 
si el bien ya se inscribio y se es como dijo el colega es tercero de buena fe y se aplica el 1051 del cc, y el "nuevo" heredero debera ir a reclamarle a los anteriores por la accion de peticion de herencia