Estimados colegas: tengo resolver un tema que me está complicando.
Mi cliente es propietaria registral de un automotor que le fue robado. El tomador del seguro es una empresa. Hizo la denuncia por robo pero el auto "apareció". Constatado ésto no coincidieron las numeraciones de los chasis entre ambos vehículos ya que el rodado hallado tenia adulterada la numeración y con la prueba de revenido químico surge que hay un número diferente. En la causa penal le hacen entrega del automotor en carácter de depositario judicial, sin chapa patente, etc. Es decir que no lo puede usar, ni vender ni nada.
La compañía de seguros rechazó el siniestro por haberse encontrado el automotor.
Cartas documento y mediación mediante, no hubo acuerdo.
Yo quiero iniciar demanda por cumplimiento de contrato de seguro por robo atento que el auto que mi clienta tiene como depositaria judicial NO es el que le pertenecía ni lo puede usar. El riesgo cubierto, en mi opinión, acaeció y por ende debe cobrar el seguro.
Quisiera opiniones y consejos ya que no quiero equivocarme.
Otra cosa: la prescripción es por ley de defensa al consumidor, tres años?
Desde ya muchísimas gracias.
Mi cliente es propietaria registral de un automotor que le fue robado. El tomador del seguro es una empresa. Hizo la denuncia por robo pero el auto "apareció". Constatado ésto no coincidieron las numeraciones de los chasis entre ambos vehículos ya que el rodado hallado tenia adulterada la numeración y con la prueba de revenido químico surge que hay un número diferente. En la causa penal le hacen entrega del automotor en carácter de depositario judicial, sin chapa patente, etc. Es decir que no lo puede usar, ni vender ni nada.
La compañía de seguros rechazó el siniestro por haberse encontrado el automotor.
Cartas documento y mediación mediante, no hubo acuerdo.
Yo quiero iniciar demanda por cumplimiento de contrato de seguro por robo atento que el auto que mi clienta tiene como depositaria judicial NO es el que le pertenecía ni lo puede usar. El riesgo cubierto, en mi opinión, acaeció y por ende debe cobrar el seguro.
Quisiera opiniones y consejos ya que no quiero equivocarme.
Otra cosa: la prescripción es por ley de defensa al consumidor, tres años?
Desde ya muchísimas gracias.