Hola a todos,
presentamos un recurso de casacion y nos llego una cedula que dice:
"Pongase los autos en secretaria, a disposición de las partes por el termino de 10 dias (art 465 cuarto parrafo CPP) Asimismo, en la medida en que estas hagan uso de lo contemplado por el art 466, del cuerpo legal antes mencionado, cumplase con la entrega alli dispuesta dejando debida nota. Notifiquese".
Yo soy el abogado defensor para un amigo mio que me lo pidio, entiendo "que puedo" pero "no estoy obligado" a presentar un escrito manteniendo el recurso, o estoy obligado? Si estoy obligado y quiero expresar lo mismo que ya exprese, debo en el escrito que mantengo el recurso expresar todo nuevamente o solo afirmar que mantengo el recurso?.
Gracias.
Benjamin
presentamos un recurso de casacion y nos llego una cedula que dice:
"Pongase los autos en secretaria, a disposición de las partes por el termino de 10 dias (art 465 cuarto parrafo CPP) Asimismo, en la medida en que estas hagan uso de lo contemplado por el art 466, del cuerpo legal antes mencionado, cumplase con la entrega alli dispuesta dejando debida nota. Notifiquese".
Yo soy el abogado defensor para un amigo mio que me lo pidio, entiendo "que puedo" pero "no estoy obligado" a presentar un escrito manteniendo el recurso, o estoy obligado? Si estoy obligado y quiero expresar lo mismo que ya exprese, debo en el escrito que mantengo el recurso expresar todo nuevamente o solo afirmar que mantengo el recurso?.
Gracias.
Benjamin