Estimados colegas,
Vengo a traerles una duda de laboratorio que no se me ocurre por estar ocioso sino que tengo un caso donde es vital resolverlo.-
Tengo una demanda iniciada contra los sucesores en capital federal, y se denuncia la sucesión en provincia. Se resuelve la incompetencia.
Ahora bien, en la sucesión NO hay bienes, y hace ya más de un año que se dicto la DH .
Si bien todos sabemos que el FUERO DE ATRACCION tiene su fin con la partición (Art. 3.284. incluso alguna doctrina dice con la inscripción de la DH) en mi caso particular esto NO es factible.
Yo entendería que aquí la DH pondría fin al fuero de atracción y obligarme a litigar en otra jurisdicción en estas condiciones sería un abuso en la interpretación de este artículo del CCiv.
Saludos Cordiales,
Saludos.
Vengo a traerles una duda de laboratorio que no se me ocurre por estar ocioso sino que tengo un caso donde es vital resolverlo.-
Tengo una demanda iniciada contra los sucesores en capital federal, y se denuncia la sucesión en provincia. Se resuelve la incompetencia.
Ahora bien, en la sucesión NO hay bienes, y hace ya más de un año que se dicto la DH .
Si bien todos sabemos que el FUERO DE ATRACCION tiene su fin con la partición (Art. 3.284. incluso alguna doctrina dice con la inscripción de la DH) en mi caso particular esto NO es factible.
Yo entendería que aquí la DH pondría fin al fuero de atracción y obligarme a litigar en otra jurisdicción en estas condiciones sería un abuso en la interpretación de este artículo del CCiv.
Saludos Cordiales,
Saludos.
