A ver colegas su punto de vista. Ante un divorcio decretado donde uno de los conyuges se quedo habitando en el inmueble conyugal, el otro interpone acción para fijación de valor locativo. Ahora nos citan a mediación (pcia de bs as).
Según mi punto de vista tendría que haberse pedido liquidación de sociedad conyugal y ahí se fijaría el monto para el caso de que no se venda o reparta. Es decir, ante la imposibilidad de acuerdo diferir en ese expte el remate o venta del bien peticionando canon locativo. Por ende es una cuestión de familia, por ende, no es cuestión mediable.
A ver si estoy en lo cierto. Que opinan?
Mi idea es argumentar eso en mediación y por ende no acordar nada hasta que no intervenga en juzgado de familia correspondiente
Según mi punto de vista tendría que haberse pedido liquidación de sociedad conyugal y ahí se fijaría el monto para el caso de que no se venda o reparta. Es decir, ante la imposibilidad de acuerdo diferir en ese expte el remate o venta del bien peticionando canon locativo. Por ende es una cuestión de familia, por ende, no es cuestión mediable.
A ver si estoy en lo cierto. Que opinan?
Mi idea es argumentar eso en mediación y por ende no acordar nada hasta que no intervenga en juzgado de familia correspondiente