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  • Urgente. Jubilación denegada por falta de requisitos

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #908291  por gabystengo
 
Hola colegas, les consulto. Llego a mi estudio un señor que quería solicitar su pensión por el fallecimiento de su esposa. Resulta que ella inició su jubilación, con una moratoria por la ley 24476, pagó religiosamente las cuotas, pero sin embargo se la denegaron. Al momento de morir no tenía jubilación. Entonces mi pregunta es: como le inicio la pensión al señor? porque si quisiera hacerlo como que estaba en actividad tampoco puedo, ni siquiera reúne los requisitos de aportante irregular con derecho del Decreto 460/99. Ustedes que harían?
 #908399  por mmmm
 
En primer lugar tenes que conseguir la resolución denegatoria de la jubilación para ver el motivo de la denegatoria (si no la tiene el viudo, tenes q pedir vista de expediente) con eso en la mano recién podes ver si puede hacer la pensión o no
con los datos que pones mucho no se te puede ayudar
 #908411  por gabystengo
 
Hola mmmm, gracias por tu respuesta. Tengo la denegatoria, la jubilación fue denegada dice textualmente "por no cumplir con el requisito de 30 años de servicios con aportes que establece el art. 19 de la Ley 24241. Le reconocen 26 años, pero le hicieron una moratoria por la Ley 24476 que la verificación ambiental dice que ella no trabaja en el lugar que se denunció, sino que ayudaba a su suegra, por lo cual no le acreditan los años faltantes. Entonces, la causante no tenía jubilación otorgada. Sin embargo la moratoria la pagó entera. Puede mi cliente solicitar la pensión? Debo primero resolver lo de la jubilación? El derechohabiente puede seguir con el trámite jubilatorio en sede judicial? Porque la denegatoria del ANSES ya la tengo y eso me habilitaría la vía. O me conviene pedir la pensión y con esa denegatoria ir a judicial? Realmente no se por donde seguir. Gracias
 #908419  por gabystengo
 
Gracias danilo11980, la lectura sugerida fue muy apropiada y esclarecedora. Soy nueva en el tema, pero me apasiona, y trato de perfeccionarme siempre que puedo. A veces son muchas las circulares, leyes y demás. Y está bueno que alguien pueda guiarte un poco. Nuevamente mil gracias.
 #908434  por gabystengo
 
danilo11980, la circular habla de que el cónyuge o conviviente vivo tiene una solicitud de jubilación también. En mi caso, el cónyuge superstite no está jubilado y no tiene la edad para hacerlo, es el hombre y tiene 55 años. Corresponde aplicar la ciruluar 34/08?
 #908454  por mmmm
 
que macana que tiene sdm y denegado, la verdad no se como la vas a remontar si tiene semejante lio en la verificacion, busca en el portal y te vas a dar cuenta