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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #909023  por mary1980
 
GENTE: tengo la siguiente duda: una persona de 53 años. hice un reco, pues tenia todos los periodos de embarcado sin que figure de esa forma. Hoy recibi la resolución por lo cual la situación es la siguiente:
Tiene 53 años. Total reconocido embarcado: 22 años.
Aparte de ello tiene dos años que se pueden completar de autonomo. que por lo que veo no se superponen. Puedo jubilarlo por el regimen 52/25???? considerando el exceso de edad de un año y los periodos apartes????
Se entiende?? - Trato de hacer el calculo con la formula colgada pero en todos los intentos me da diferente. Gracias
 #909036  por exjefe
 
mary1980 escribió:GENTE: tengo la siguiente duda: una persona de 53 años. hice un reco, pues tenia todos los periodos de embarcado sin que figure de esa forma. Hoy recibi la resolución por lo cual la situación es la siguiente:
Tiene 53 años. Total reconocido embarcado: 22 años.
Aparte de ello tiene dos años que se pueden completar de autonomo. que por lo que veo no se superponen. Puedo jubilarlo por el regimen 52/25???? considerando el exceso de edad de un año y los periodos apartes????
Se entiende?? - Trato de hacer el calculo con la formula colgada pero en todos los intentos me da diferente. Gracias
Hola.
Segun entiendo la edad para jubilar a este hombre debe ser a los 53a 6 m 22 d por lo tanto no habria excedente de edad (ART.19)
Saludos.
 #909090  por mary1980
 
OK, LO QUE me decis es que con el computo de los servicios deberia tener esa edad??? si es así clarisimo.