hola gente. Les quiero consultar a quien tenga experiencia en el caso.
Tengo un juicio contra una ART, mi clienta ya fue a revisarse con la perito médica. Esta le dió unas órdenes de los estudios que requiere para hacer su evaluación.
En la audiencia del art. 25 el abogado de la art, el empleador y nosotros estuvimos de acuerdo en que se realicen los estudios por la obra social.
Ahora la señora va a la obra social con las órdenes de la legista y no se las autorizan, por eso no le hacen los estudios.
La legista informa al juzgado de las órdenes de estudio que entregó, y el proveído ahora dice:
"Agréguese, téngase presente y en virtud de lo acordado por las partes a fs.
139 (ésto era que los estudios iban a hacerse por medio de la obra social...). De la presentación efectuada por el perito médico, traslado a la parte actora e intímesela para que dentro del plazo de diez dias informe en autos lugar y fecha
de realización del estudio cuyas órdenes se acompañan con el presente, todo ello bajo apercibimiento de declarar de imposible cumplimiento la pericial médica por su exclusiva responsabilidad".
Bien, tengo que defender mi pericia a toda costa, pero que hago ahora porque el juzgado no me dió soluciones. Acompaño las órdenes, manifiesto que la obra social se niega a hacer los estudios de mi clienta, y que libre oficio ordenandole que le haga dichos estudios???...
necesito definir urgente donde mi clienta se hará los estudios y no se para donde ir...la obra social no se los quiere hacer. y no se que otra me queda...Pedir tal vez que designe el juzgado los lugares donde realizar los estudios con costas a la demandada?...Espero una orientación...gracias.
Tengo un juicio contra una ART, mi clienta ya fue a revisarse con la perito médica. Esta le dió unas órdenes de los estudios que requiere para hacer su evaluación.
En la audiencia del art. 25 el abogado de la art, el empleador y nosotros estuvimos de acuerdo en que se realicen los estudios por la obra social.
Ahora la señora va a la obra social con las órdenes de la legista y no se las autorizan, por eso no le hacen los estudios.
La legista informa al juzgado de las órdenes de estudio que entregó, y el proveído ahora dice:
"Agréguese, téngase presente y en virtud de lo acordado por las partes a fs.
139 (ésto era que los estudios iban a hacerse por medio de la obra social...). De la presentación efectuada por el perito médico, traslado a la parte actora e intímesela para que dentro del plazo de diez dias informe en autos lugar y fecha
de realización del estudio cuyas órdenes se acompañan con el presente, todo ello bajo apercibimiento de declarar de imposible cumplimiento la pericial médica por su exclusiva responsabilidad".
Bien, tengo que defender mi pericia a toda costa, pero que hago ahora porque el juzgado no me dió soluciones. Acompaño las órdenes, manifiesto que la obra social se niega a hacer los estudios de mi clienta, y que libre oficio ordenandole que le haga dichos estudios???...
necesito definir urgente donde mi clienta se hará los estudios y no se para donde ir...la obra social no se los quiere hacer. y no se que otra me queda...Pedir tal vez que designe el juzgado los lugares donde realizar los estudios con costas a la demandada?...Espero una orientación...gracias.