el tema es asi tengo un contrato de locacion con firmas certificadas por escribano, que vencio en 31 mayo de 2012, y un convenio de desocupacion con fecha en blanco.-
en 1 junio se intimo a la restitucion del bien por estar vencido el plazo (esta cd no la recibieron)
en septiembre se volvio a intimar a la restitucion y al pago de alquileres, esta si la recibio el locatario y la de los garantes fue devuelta por plazo vencido no reclamado.-
a mi criterio estas intimaciones no estan del todo bien, yo no las hice a mi me vienen a ver con esto hecho, ya que mezclan el vencimiento del contrato de locacion con el convenio de desocupacion....
mi idea es pedir la homologacion del convenio de desocupacion y el lanzamiento, pero no quiero presentar estas cd, que opinan puedo pedir la homologacion directamente sin intimar, el convenio dice que no es necesaria intimacion previa, que opinan???
si no me hicieran lugar a la homologacion del convenio, luego puedo inicar el desalojo por vencimiento del contrato y falta de pago y ahy intimaria...
o dada estas intimaciones anteriores me conviene iniciar el desalojo directamente, en vez de la homologacion????
por otro lado tengo que iniciar el cobro de alquileres, para ello nececito intimar previamente????
gracias
gracias
en 1 junio se intimo a la restitucion del bien por estar vencido el plazo (esta cd no la recibieron)
en septiembre se volvio a intimar a la restitucion y al pago de alquileres, esta si la recibio el locatario y la de los garantes fue devuelta por plazo vencido no reclamado.-
a mi criterio estas intimaciones no estan del todo bien, yo no las hice a mi me vienen a ver con esto hecho, ya que mezclan el vencimiento del contrato de locacion con el convenio de desocupacion....
mi idea es pedir la homologacion del convenio de desocupacion y el lanzamiento, pero no quiero presentar estas cd, que opinan puedo pedir la homologacion directamente sin intimar, el convenio dice que no es necesaria intimacion previa, que opinan???
si no me hicieran lugar a la homologacion del convenio, luego puedo inicar el desalojo por vencimiento del contrato y falta de pago y ahy intimaria...
o dada estas intimaciones anteriores me conviene iniciar el desalojo directamente, en vez de la homologacion????
por otro lado tengo que iniciar el cobro de alquileres, para ello nececito intimar previamente????
gracias
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