Hola buenas tardes! Necesito ayuda con un trabajo que tengo que presentar, el cual se trata de explicar las objeciones de carácter procesal y probatorio que puedan observarse en el siguiente caso:
El día 18 de abril, Silvia R. denuncia a Mario, a quien había conocido ocasionalmente en la vía publica, asegurando que el día 27 de febrero de ese mismo año la invito a salir, la sedujo durante la cena mediante engaños, asegurándole que poseía una fortuna y que tenia intenciones de iniciar con ella una relación formal, la acompaño a su domicilio y una vez allí, la obligo bajo amenazas a desnudarse y mantener relaciones sexuales con el, luego de ello, le sustrajo la cantidad de MIL DOLARES que tenia guardados y se retiro del lugar.
El juez de instrucción recibe la denuncia e inmediatamente ordena la detención de Mario Cuantas, para ello emite una orden de allanamiento de su domicilio ubicado en la calle Corrientes 2258, departamento “A”, de la cuidad autónoma de Buenos Aires.
Dicha orden contiene además, directivas para que se encuentren los dólares que se hallen en el lugar. El procedimiento esta a cargo de la seccional XX de la policía federal, que ingresa al domicilio en cuestión violentando la cerradura. En el lugar solo se encuentra la pequeña hija de Cuantas, de 10 años de edad quien indica a los funcionarios que su padre esta tomando mate en la casa del vecino, en el departamento “D”, a dos puestas del lugar. Se encuentra la cantidad de DOCE MIL DOLARES guardados debajo del colchón de la niña. La policía al recibir la información del paradero de Cuantas, ingresa también por la fuerza al departamento “D” y procede a la detención del nombrado, quien forcejea con uno de los policías, Sixto U. y le provoca un corte en la frente.
Ya en el juzgado es indagado por haber accedido carnalmente a Silvia R. y haberle sustraído la suma de MIL DOLARES. Mario Cuentas niega conocerla y explica que el dinero secuestrado es producto de la venta informal de cuatro caballos de su propiedad, pero no posee documentación alguna al respecto.
El juez procesa a Cuantas y dicta la prisión preventiva, funda su decisión en que no existen elementos de prueba que lo desvinculen del hecho y en el secuestro de los dólares en su domicilio.
Durante la instrucción, se logra la declaración de un testigo, Corina H. amiga de Silvia R. quien manifiesta que algunos días después del hecho, la nombrada la llamo por teléfono y le contó lo sucedido. Los médicos forenses constatan hematomas en la zona pélvica de Silvia R. Ella, además, aporta una fotografía tomada con su celular el día del hecho, en la que aparece Cuantas en un bar. Asimismo, del informe solicitado a la empresa de telefonía celular surgen dos llamados telefónicos cruzados entre Silvia R. y el imputado, el día previo al hecho investigado, cada uno de 45 y 22 segundos respectivamente.
Finalmente la causa se eleva a juicio y luego de permanecer detenido un año y ocho meses, el tribunal oral que interviene, lo condena por los hechos que le fueren imputados. Asimismo, lo condena por la lesión causada al policía Sixto U., al momento de la detención.
Lo que yo encuentro mal es la entrada violenta al departamento, la interrogación que le hacen a la niña para saber donde esta el padre.
Además cuando el juez dice que “NO” hay hechos que lo desvinculen del hecho y tendría que ser que SI lo vinculen.
Después cuando se lo condena por la lesión al policía ya que este había ingresado a el departamento del vecino del imputado de manera violenta (sin orden porque la orden era para el departamento del imputado)
La verdad q estoy desorientada, si me podrían ayudar en lo que puedan se los agradecería muchísimo!
Gracias!!!
El día 18 de abril, Silvia R. denuncia a Mario, a quien había conocido ocasionalmente en la vía publica, asegurando que el día 27 de febrero de ese mismo año la invito a salir, la sedujo durante la cena mediante engaños, asegurándole que poseía una fortuna y que tenia intenciones de iniciar con ella una relación formal, la acompaño a su domicilio y una vez allí, la obligo bajo amenazas a desnudarse y mantener relaciones sexuales con el, luego de ello, le sustrajo la cantidad de MIL DOLARES que tenia guardados y se retiro del lugar.
El juez de instrucción recibe la denuncia e inmediatamente ordena la detención de Mario Cuantas, para ello emite una orden de allanamiento de su domicilio ubicado en la calle Corrientes 2258, departamento “A”, de la cuidad autónoma de Buenos Aires.
Dicha orden contiene además, directivas para que se encuentren los dólares que se hallen en el lugar. El procedimiento esta a cargo de la seccional XX de la policía federal, que ingresa al domicilio en cuestión violentando la cerradura. En el lugar solo se encuentra la pequeña hija de Cuantas, de 10 años de edad quien indica a los funcionarios que su padre esta tomando mate en la casa del vecino, en el departamento “D”, a dos puestas del lugar. Se encuentra la cantidad de DOCE MIL DOLARES guardados debajo del colchón de la niña. La policía al recibir la información del paradero de Cuantas, ingresa también por la fuerza al departamento “D” y procede a la detención del nombrado, quien forcejea con uno de los policías, Sixto U. y le provoca un corte en la frente.
Ya en el juzgado es indagado por haber accedido carnalmente a Silvia R. y haberle sustraído la suma de MIL DOLARES. Mario Cuentas niega conocerla y explica que el dinero secuestrado es producto de la venta informal de cuatro caballos de su propiedad, pero no posee documentación alguna al respecto.
El juez procesa a Cuantas y dicta la prisión preventiva, funda su decisión en que no existen elementos de prueba que lo desvinculen del hecho y en el secuestro de los dólares en su domicilio.
Durante la instrucción, se logra la declaración de un testigo, Corina H. amiga de Silvia R. quien manifiesta que algunos días después del hecho, la nombrada la llamo por teléfono y le contó lo sucedido. Los médicos forenses constatan hematomas en la zona pélvica de Silvia R. Ella, además, aporta una fotografía tomada con su celular el día del hecho, en la que aparece Cuantas en un bar. Asimismo, del informe solicitado a la empresa de telefonía celular surgen dos llamados telefónicos cruzados entre Silvia R. y el imputado, el día previo al hecho investigado, cada uno de 45 y 22 segundos respectivamente.
Finalmente la causa se eleva a juicio y luego de permanecer detenido un año y ocho meses, el tribunal oral que interviene, lo condena por los hechos que le fueren imputados. Asimismo, lo condena por la lesión causada al policía Sixto U., al momento de la detención.
Lo que yo encuentro mal es la entrada violenta al departamento, la interrogación que le hacen a la niña para saber donde esta el padre.
Además cuando el juez dice que “NO” hay hechos que lo desvinculen del hecho y tendría que ser que SI lo vinculen.
Después cuando se lo condena por la lesión al policía ya que este había ingresado a el departamento del vecino del imputado de manera violenta (sin orden porque la orden era para el departamento del imputado)
La verdad q estoy desorientada, si me podrían ayudar en lo que puedan se los agradecería muchísimo!
Gracias!!!