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  • Deuda de Expensas. Que hago????

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 #920826  por LorePerez
 
Buenas colegas, necesito su opinion en un tema.
Tengo una clienta q es propietaria de un dto, q siempre tuvo en alquiler, y debido a su mala administracion, hoy tiene una deuda de expensas muy grande.
La administradora del Consorcio me dice q la deuda total con intereses es de $17.000, yo le pedi q me envie la liquidacion, y solo me contesta con el monto final, sin ninguna planilla de liquidacion, nada.
Le propuse de hacer un convenio de deuda, pagando mi clienta, cuotas de $2000 (q es a su vez, lo q pagan los actuales inquilinos x un convenio de deuda q firmamos x alquileres atrasados) dado q mi clienta es jubilada y no puede pagar mas q eso x mes.
La administradora me contesto q el consejo de administracion no acepta xq no copnfia en q los inquilinos paguen los 2000$ todos los meses, que yo le juste varias cuotas y q luego le pague y ahi si hariamos un convenio. Pero mientras tanto ella dice q tiene q seguir avanzando, o sea, iniciar juicio.

Honestamente esta situacion q me plantea la administradora, me parece como minimo, irregular.
O hacemos un Convenio o no. Como es esto, yo le junto x decir 4,6 u 8 mil pesos y mientras tanto ella me inicia el juicio, y los interesesw siguen corriendo?????
Que les parece???????

Que tendria q contestar yo??? q entonces inicie la ejecucion, y yo no le pago nada. Le consigno el dinero??? Se puede consignarpor $2.000, o tendria q cancelar todo????

Que les parece???? X favor una ayudita, para encontrar la mejor salida para mi clienta.

Gracias
 #920846  por Sailaw
 
Si puede juntarle unos pesos tu clienta, y pagar a cuenta, no estaría mal, de todas maneras intimala para que te de liquidación detallada de expensas e intereses, porque los administradores suelen capitalizar intereses, lo cual como sabemos esta "vervoten"
 #920855  por LorePerez
 
Gracias x la respuesta Sailaw.
Ahora, mas alla de intimarla para q me presente la liquidacion, si yo quiero ir cancelando, y ella no me recibe el dinero, no podria consignar??
Por que en el mientras tanto, de q me sirve, si no firmo un Convenio de deuda, inicia la ejecucion, mientras igual le estoy pagando y encima despues mi clienta va a tener q pagar costas!!????
Me da desconfianza esta administradora, no parece muy serio lo q dice.
 #920867  por Sailaw
 
Para que sea exigible el pago, se debe contar con deuda liquida y exigible, y el deudor puede exigir dicha liquidación bajo apercibimiento de practicar la misma y consignar, para consignar se debe intimar la recepción del cobro, y queda expedita la via judicial cuando eso no ocurre.
 #921231  por LorePerez
 
Ahora me queda mas claro, entonces voy a volver a pedirselo por las buenas, y sino le mando CD.

Muchas gracias por tu ayuda!!!!!!!! :)