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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #921156  por Ana20
 
Hola !

Presente escrito solicitando ejecución de honorarios y el proveído dice: Peticionado que sea conforme a los arts. 499 y sig. del CPCCN, se proveerá. Según el art. 499, RESOLUCIONES EJECUTABLES"
Ahora bien teniendo en cuenta el art. 499 CPCNN, necesitaría saber a que se refieren " pedir testimonio para ejecutar honorarios".?
Muchas gracias
 #921185  por Ana20
 
Gracias por responderme !

Aún no embargamos.
De todos modos te amplió un poco el tema.. La Cámara aclaró regulación de honorarios. (Omitió regular mis honorarios)
Cuando vuelve de Cámara consultamos en el juzgado si notificarían por cédula lo resuelto por Cámara, a lo cual nos respondieron que no.
Acto seguido presentamos escrito pidiendo la ejecución de honorarios, a lo cual nos responden Peticionado que sea conforme a los arts. 499 y sig. del CPCCN, se proveerá. Según el art. 499, RESOLUCIONES EJECUTABLES.
Tenemos que notificar lo resuelto en Cámara ?
Gracias nuevamente
 #921213  por Squonk
 
Me parece que corresponde notificar lo resuelto por el Superior y el por devueltos, para después ir haciendo las intimaciones a los condenados en costas y pedir las medidas de embargo.