el tema es asi, mi cliente la chocan en un accidente de transito hace como 2 años, en su momento arreglamos con la aseguradora del otro tipo el monto para que le arregle el auto, y ahora nos llego una cedula que nos notifica de la audiencia de probation del tipo que la choco.
en las pocas probation que tuve no me encontre con el tema de que a mi cliente le habian pagado,claro que sin perjuicio que aca el damnificado no pago nada y lo que arreglamos con la compañia fue por la chapa y pintura, y no el daño moral y lesion por el efecto latigazo que era muy chico como para meterse en un juicio civil, y mas aun que el cliente necesitaba la plata para arreglar el auto
en resumen voy a la pregunta ¿el imputado tiene que ofrecer algun resarcimiento, aunque sea simbolico para mi cliente? o solo con que ofrezca trabajo comunitario le alcanza?
en las pocas probation que tuve no me encontre con el tema de que a mi cliente le habian pagado,claro que sin perjuicio que aca el damnificado no pago nada y lo que arreglamos con la compañia fue por la chapa y pintura, y no el daño moral y lesion por el efecto latigazo que era muy chico como para meterse en un juicio civil, y mas aun que el cliente necesitaba la plata para arreglar el auto
en resumen voy a la pregunta ¿el imputado tiene que ofrecer algun resarcimiento, aunque sea simbolico para mi cliente? o solo con que ofrezca trabajo comunitario le alcanza?