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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #921982  por floppy
 
Hola amigos!!! les cuento estoy con esta cuestión, la madre de un cliente que estaba jubilada fallece cuatro dias antes de la fecha de pago, tenía para cobrar jubilación y pensión, ambos por la mínima.-
El tema es que mi cliente hijo de la señora, recibe una carta de anses en donde le indican que tiene que iniciar sucesión para cobrar estos importes.- La pregunta es la siguiente, tratandose de un unico hijo de un importe tan bajo y que la señora fallece cutro dias antes a la fecha de cobro, no se puede cuestionar la obligación de iniciar la sucesión?? y si así fuera, puede ser que le informen de ANSES que solo puede cobrar $800 por ambos beneficios??? gracias desde ya !!
Besos a todos

Florencia Pérez
 #922353  por sutriz
 
HOLA
respecto a tú consulta, existe un monto máximo superado el cual necesitará declaratoria para cobrar.
Seguramente te servirá de ayuda, este post "Re: Duda sobre haberes devengados por fallecimiento".
Saludos
 #922422  por floppy
 
Gracias sutriz!!! estuve viendo el post que me indicas ahora tengo una inquietud, el monto a que refiere la resol 1178/02 no fué actualizado?? digo porque mi pesos es muy poca plata es menos del minimo....y el subsidio por contención familiar no tendría derecho el hijo a solicitarlo si es que solicita el cobro de estos haberes devengados y no cobrados es asi??
Muchas gracias desde ya por tu ayuda!
Floppy :P
 #922846  por sutriz
 
Hola
Respecto al subsidio por fallecimiento, ante el fallecimiento de beneficiarios residentes en el país o en el exterior, la ANSES abona por el Subsidio de Contención Familiar, una suma fija de $1800, a los herederos del causante o a cualquier persona física que denuncie el fallecimiento del beneficiario y acredite haber abonado los gastos del sepelio, acompañando la factura extendida a su nombre por la funeraria que realizó el servicio.
Para solicitar el subsidio tienen plazo de un año, contado a partir de la fecha de fallecimiento del causante.
Considerá que, el pago de los haberes impagos y la parte proporcional del aguinaldo, no se compenza con lo debido por este subsidio, de modo que, en tú caso, corresponde reclamar por haberes impagos y en caso de tener la factura del sepelio, por el subsidio por fallecimiento.
Saludos.