Hola a todos los colegas, recurro a uds, ya que estoy con un caso que se me esta complicando por demás. Se trata de un colega, al cual lleve a mediación por una vieja rendición de cuentas, se celebro un convenio de pago, sin mucha resistencia, cancela la primer cuota y la segunda cuota ya no la paga. Logicamente mi cliente quiere ejecutar el convenio.
Ahora mi pregunta o solicitud de consejo/opiniónes es: En virtud de que "creo" (debo averiguar veraz), no debe tener ningún bien a su nombre, ya que el quedarse con los cobros de sus clientes -ahora mios- le era una práctica normal y habitual y por lo tanto debe tener sus cuestiones aceitadas como para que no se lo pueda embargar, como sigo ?? ademas de iniciar el ejecutivo ?? que medida puedo pedir ademas de la inhibición gral de bienes ?? yo pensaba alguna del tipo para cuando cobre honorarios en algún expte, pero como lo solicito ??
Estoy bloqueado
Saludos
Ahora mi pregunta o solicitud de consejo/opiniónes es: En virtud de que "creo" (debo averiguar veraz), no debe tener ningún bien a su nombre, ya que el quedarse con los cobros de sus clientes -ahora mios- le era una práctica normal y habitual y por lo tanto debe tener sus cuestiones aceitadas como para que no se lo pueda embargar, como sigo ?? ademas de iniciar el ejecutivo ?? que medida puedo pedir ademas de la inhibición gral de bienes ?? yo pensaba alguna del tipo para cuando cobre honorarios en algún expte, pero como lo solicito ??
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