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 #924039  por estudiolaw
 
Necesitaria una mano ya que me encuentro confundido: El hecho es el siguiente, una persona que tiene dos causas unificadas en un tribunal oral de capital federal, resulta que la defensora logra una arreglo con el fiscal para un abreviado y solo le iban a dar 14 meses, esta persona no se presenta a firmar, ni tampoco al oral que era para el 5 de diciembre, consecuencia le declaran la rebeldia y la captura (persona con antecedentes y que recorrio varios penales). Logro ubicar donde vive en la actualidad, ya que se mudo, y presento un escrito denunciando el domicilio actual . (Uds. se preguntaran porque me interesa que lo detengan, y es porque tuve que realizar una denuncia por amenazas contra este sujeto).
El tribunal libra oficio a la bonaerense , a la federal informando la captura, y tambien a la comisaria de la zona, del domicilio denunciado. Me comunico con la comisaria y me manifiestan que ellos no tienen orden de allanamiento y de detencion, que solo lo pueden detener si lo encuentran en la calle. Que me sugieren que haga.Tambien pregunto, ya que no hago penal, que sucede con el oral,al no presentarse, igual dictaran veredicto y sentencia con los elementos que se encuentran en la causa?
 #924052  por feragus
 
No, el juicio en ausencia no existe en el país. Cuando lo agarren, lo tendrán detenido hasta que le hagan el juicio.
 #924366  por estudiolaw
 
muchas gracias