hola foristas, la pregunta es la siguiente, se podria iniciar conjuntamente una accion de repeticion de pago y daños y perjuicios? mi cliente se constituyo como fiador del deudor y ante el incumplimiento de este ultimo el fiador procedio ante la intimacion del acreedor a cancelar la deuda para evitar ser embargado y ejecutado, para ello debio tomar un prestamo ,por ello mi duda de su tambien procederia la accion de daños y perjuicios, gracias por sus aportes