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  • cesión de derecho a los hijos

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 #925728  por JOHANA1229
 
buen día:
me llego al estudio un cliente que desea pasar sus derechos posesorios, a sus 4 hijos, se trata de un inmueble el cual no es propiedad, solo tiene la posición por más de veinte año, esto puede ser posible?
pensaba que podíamos hacer una donación pero como el inmueble no es propiedad no es posible.
desde ya muchas gracias a los que me puedan guiar, saludos.
 #925866  por JOHANA1229
 
alguna sugerencia colegas,busque pero no encuentro material donde padres ceden derechos posesorios a sus hijos, aclaro que hay hijos menores, con lo cual encontré en el código que los mayores de diez año, no son incapaces de adquirir la posesión, el tema es que no se si es procedente con los hijos.
artículo 2392:Son incapaces de adquirir la posesión por sí mismos los que no tienen uso completo de su razón, como los dementes, fatuos y menores de diez años; pero pueden adquirirla por medio de sus tutores o curadores.
espero respuestas. saludos
 #932322  por Briank
 
Las donaciones tienen que ser hechas por escritura publica, y ahí el Escribano pide informe de dominio e inhibiciones, entonces no podes donar la propiedad, porque no la tiene. Lo que tiene es la posesión, que hay jurisprudencia acompañada en el mismo foro, que dice que si todavía no se inicio juicio de usucapión (y por ende no litigiosa) puede ser hecha por instrumento privado la cesión de derechos posesorios. Y el juicio de usucapión lo inician los hijos, no se si va a zafar de hacer un juicio de usucapión. En el caso de cesión de derechos hereditarios tiene que ser hecha por escritura publica si o si. Interesantes temas.