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  • Aplicacion del art 7 de la ley 24390.

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 #927607  por Legales2012
 
Estimados; les consulto por lo siguiente, me llega un caso de un cliente que fue condenado a la pena unica de 19 años de prision en el mes de diciembre del 2006 por dos causas , una del año 2000 y otra del año 2001 cuando ya estaba derogado el art 7 de la ley 24390 (computo priviligiado del dos por uno). En la primera obtuvo una morigeracion, y por la segunda estuvo profugo hasta el año 2004. Recien en diciembre de 2012 casacion confirmo la sentencia. A criterio de Uds le corresponde el computo privilegiado? Hasta el momento el tribunal que entendia en la causa no le reconocio este derecho. Bueno escucho opiniones y sugerencias y si alguien tiene jurisprudencia que me pueda ayudar les agradezco. Saludos.!
 #927658  por feragus
 
Se tiene que aplicar la ley vigente al momento del hecho (principio de ultraactividad de la ley penal más benigna -art. 2 del CP). Hay un fallo de la CSJN respecto al tema específico (creo que es el caso "Arce").
 #927935  por Andres125
 
habria que ver bien los tiempos. Pero el computo privilegiado se aplica para imputados y condenados detenidos durante a vigencia de la ley 24390. Hay que ver si exedió los dos años de detención en la causa del 2000 porque si despues en 2001 comete otro hecho y esta profugo hasta 2004 y lo condenan firme en 2006, no se de donde te agarras para decir que tiene que aplicarse el 2 x 1 al primer hecho, el segundo esta totalmente descartado porque fue fuera de la vigencia de esa ley.
 #927952  por feragus
 
Por supuesto que hay que mirar los tiempos. Pero la firmeza en 2006 de la que hablás Andrés, no sé de dónde la sacás certeramente, el consultante solo dijo que recién en 2012 confirmó Casación.
 #928397  por Legales2012
 
En primer lugar gracias por responder, en la causa del año 2000 solo estuvo detenido una semana. Si bien en el año 2004 no estaba vigente el art 7 de la ley 24390 yo entiendo que la ley aplicable es la que este vigente al momento de cometer el ilícito por lo tanto al menos intentaría pelear este beneficio. La excarcelacion otorgada automáticamente cesa al momento de cometer un nuevo ilícito por lo tanto esta detenido desde el año 2004 por las dos causas. En un momento el tribunal entendió que el computo privilegiado debería correr desde el 2006 que es cuando recae sentencia. Se que este tema se presta a varias interpretaciones , obviamente la idea es fundamentar lo mejor posible la que favorece a mi cliente. Muchas gracias y les agradezco que me dejen sus opiniones. Saludos!
 #928456  por feragus
 
Legales2012 escribió:En primer lugar gracias por responder, en la causa del año 2000 solo estuvo detenido una semana. Si bien en el año 2004 no estaba vigente el art 7 de la ley 24390 yo entiendo que la ley aplicable es la que este vigente al momento de cometer el ilícito por lo tanto al menos intentaría pelear este beneficio. La excarcelacion otorgada automáticamente cesa al momento de cometer un nuevo ilícito por lo tanto esta detenido desde el año 2004 por las dos causas. En un momento el tribunal entendió que el computo privilegiado debería correr desde el 2006 que es cuando recae sentencia. Se que este tema se presta a varias interpretaciones , obviamente la idea es fundamentar lo mejor posible la que favorece a mi cliente. Muchas gracias y les agradezco que me dejen sus opiniones. Saludos!
Insisto, consultá el fallo Arce de la CSJN. Habla del 2x1 y en particular de la aplicación ultractiva de la ley penal más benigna.
 #929572  por feragus
 
DoctoraChiiicha escribió:
feragus escribió:
Legales2012 escribió:En primer lugar gracias por responder, en la causa del año 2000 solo estuvo detenido una semana. Si bien en el año 2004 no estaba vigente el art 7 de la ley 24390 yo entiendo que la ley aplicable es la que este vigente al momento de cometer el ilícito por lo tanto al menos intentaría pelear este beneficio. La excarcelacion otorgada automáticamente cesa al momento de cometer un nuevo ilícito por lo tanto esta detenido desde el año 2004 por las dos causas. En un momento el tribunal entendió que el computo privilegiado debería correr desde el 2006 que es cuando recae sentencia. Se que este tema se presta a varias interpretaciones , obviamente la idea es fundamentar lo mejor posible la que favorece a mi cliente. Muchas gracias y les agradezco que me dejen sus opiniones. Saludos!
Insisto, consultá el fallo Arce de la CSJN. Habla del 2x1 y en particular de la aplicación ultractiva de la ley penal más benigna.


En el fallo Arce de la CSJNS habla del 2 x1 pero siempre y cuando el delito sea lebe. JE JE JE JE JEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE
:mrgreen: *cafe*

Shhhh, Pandilla, estamos hablando entre abogados. Y acordate, leve es con v corta de viejo choto.