Estimados; les consulto por lo siguiente, me llega un caso de un cliente que fue condenado a la pena unica de 19 años de prision en el mes de diciembre del 2006 por dos causas , una del año 2000 y otra del año 2001 cuando ya estaba derogado el art 7 de la ley 24390 (computo priviligiado del dos por uno). En la primera obtuvo una morigeracion, y por la segunda estuvo profugo hasta el año 2004. Recien en diciembre de 2012 casacion confirmo la sentencia. A criterio de Uds le corresponde el computo privilegiado? Hasta el momento el tribunal que entendia en la causa no le reconocio este derecho. Bueno escucho opiniones y sugerencias y si alguien tiene jurisprudencia que me pueda ayudar les agradezco. Saludos.!