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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #927707  por monicbea
 
Hola a todos y buen año!!
Los consulto porque tengo que presentar la jubilaciòn de una pensionada y como debe pagar de contado la moratoria,por ser pensionada,quisiera chequear el sicam que armè con Uds. para quedarme tranquila:
Fecha de nac: 05/08/1934
RRDD:19/09/1946 al 28/04/1963 (Tomè para el càlculo desde el 5/08/1952 porque recièn ahì tuvo 18 años) - 10 años /4 meses
Autònoma :01/01/1969 al 30/09/1991 (perìodos con deuda ,excepto 2 meses del año 1986)

Armè con estos datos el siguiente SICAM 1: 7 años

01/1969 al 12/1969 art.3 ley 24476
01/1970 al 12/1984 art.1 ley 25321
01/1985 al 12/1985 art.3 ley 24476
01/1986 al 09/1986 art.1 ley 25321
10/1986 art.3 ley 24476
11/1986 añ 12/1986 libres,ùnicos 2 meses pagos
01/1987 al 09/1991 art.3/24476

SICAM 2 (Perìodos ampliado) - 4 años

05/1963 al 04/1967

art.19: 9 años

Les agradecerìa si alguien puede revisarlo y ver si no se me pasò nada ya que el importe a pagar no es un monto chico porque es de contado.
Muchas gracias!!!!!!!!!!!!!
 #927719  por Emma2011
 
monicbea escribió:Hola a todos y buen año!!
Los consulto porque tengo que presentar la jubilaciòn de una pensionada y como debe pagar de contado la moratoria,por ser pensionada,quisiera chequear el sicam que armè con Uds. para quedarme tranquila:
Fecha de nac: 05/08/1934
RRDD:19/09/1946 al 28/04/1963 (Tomè para el càlculo desde el 5/08/1952 porque recièn ahì tuvo 18 años) - 10 años /4 meses
Autònoma :01/01/1969 al 30/09/1991 (perìodos con deuda ,excepto 2 meses del año 1986)

Armè con estos datos el siguiente SICAM 1: 7 años

01/1969 al 12/1969 art.3 ley 24476
01/1970 al 12/1984 art.1 ley 25321
01/1985 al 12/1985 art.3 ley 24476
01/1986 al 09/1986 art.1 ley 25321
10/1986 art.3 ley 24476
11/1986 añ 12/1986 libres,ùnicos 2 meses pagos
01/1987 al 09/1991 art.3/24476

SICAM 2 (Perìodos ampliado) - 4 años

05/1963 al 04/1967

art.19: 9 años

Les agradecerìa si alguien puede revisarlo y ver si no se me pasò nada ya que el importe a pagar no es un monto chico porque es de contado.
Muchas gracias!!!!!!!!!!!!!
Preguntas..
1)Empoezo a trabajar a los 12 años?
2) Desde cuando le salen aportes en rel de dep.en el sipa?
3) Vinculaste la cuenta de autonoma de Anses en Afip?
4)Le figura en datos personales de sicam alguna inscripcion? porque pones autonoma del 69 al 91?
5) En la pantalla de pagos que meses y años le figuran con pagos?
 #927722  por monicbea
 
Hola Emma2011 ,gracias por tu ayuda: en cuanto a lo que me preguntas ,sì comenzò a trabajar siendo menor ya que en esa època comenzaban como aprendiz.En el sipa aparece inscripta en 1955.Yo igualmente tomo desde que tiene 18 años. Posee la certificaciòn de servicios por todo el perìodo. Està vinculada la cuenta en Afip. Y en cuànto a lo que me decìs de los pagos, si en detalle de pagos solo le aparecen 2 meses pagos.Ves bien el Sicam asì? .gracias
 #927744  por ecar
 
buenas tardes. Los calculos, de acuerdo a los datos informados, serian:

ART. 3 LEY 24476 ..............................7 AÑOS
ART. 19 ............................................9 AÑOS 02 MESES.....PUSISTE 09 AÑOS
PAGOS AUTONOMOS
11/12/1986...................................................02 MESES
RELAC. DEPENDENCIA
5/8/52 AL 28/4/63...........................10 AÑOS....08 MESES .....PUSISTE 10 AÑOS ..04 MESES
LEY 24476 AUTONOMOS.......................03 AÑOS
TOTAL.......................................... 30 AÑOS.

EL SICAM LO PODES SIMPLIFICAR. TODO EN SICAM 1.
01/1964 ....12/1966.........................LEY 24476..........ACTIVIDAD..CATEG. A
01/1967.....12/1973 ..................... ART. 3 LEY 24476
11/1986.....12/1986........................ ESTAN LOS PAGOS ACTIVIDAD CATEG. A

SALUDOS.
 #927770  por Emma2011
 
ecar escribió:buenas tardes. Los calculos, de acuerdo a los datos informados, serian:

ART. 3 LEY 24476 ..............................7 AÑOS
ART. 19 ............................................9 AÑOS 02 MESES.....PUSISTE 09 AÑOS
PAGOS AUTONOMOS
11/12/1986...................................................02 MESES
RELAC. DEPENDENCIA
5/8/52 AL 28/4/63...........................10 AÑOS....08 MESES .....PUSISTE 10 AÑOS ..04 MESES
LEY 24476 AUTONOMOS.......................03 AÑOS
TOTAL.......................................... 30 AÑOS.

EL SICAM LO PODES SIMPLIFICAR. TODO EN SICAM 1.
01/1964 ....12/1966.........................LEY 24476..........ACTIVIDAD..CATEG. A
01/1967.....12/1973 ..................... ART. 3 LEY 24476
11/1986.....12/1986........................ ESTAN LOS PAGOS ACTIVIDAD CATEG. A

SALUDOS.
Ecar: Esta mal el sicam que le indicas porque mas arriba puso que estaba inscripta en autonomos hasta el 91 por lo tanto ese período tiene que estar contemplado en el sicam.
Moni: desde que mes del 55 figura en el sipa? tiene afiliación a alguna caja con fecha anterior?
 #927802  por ecar
 
Emma2011 escribió:
ecar escribió:buenas tardes. Los calculos, de acuerdo a los datos informados, serian:

ART. 3 LEY 24476 ..............................7 AÑOS
ART. 19 ............................................9 AÑOS 02 MESES.....PUSISTE 09 AÑOS
PAGOS AUTONOMOS
11/12/1986...................................................02 MESES
RELAC. DEPENDENCIA
5/8/52 AL 28/4/63...........................10 AÑOS....08 MESES .....PUSISTE 10 AÑOS ..04 MESES
LEY 24476 AUTONOMOS.......................03 AÑOS
TOTAL.......................................... 30 AÑOS.

EL SICAM LO PODES SIMPLIFICAR. TODO EN SICAM 1.
01/1964 ....12/1966.........................LEY 24476..........ACTIVIDAD..CATEG. A
01/1967.....12/1973 ..................... ART. 3 LEY 24476
11/1986.....12/1986........................ ESTAN LOS PAGOS ACTIVIDAD CATEG. A

SALUDOS.
Ecar: Esta mal el sicam que le indicas porque mas arriba puso que estaba inscripta en autonomos hasta el 91 por lo tanto ese período tiene que estar contemplado en el sicam.
Moni: desde que mes del 55 figura en el sipa? tiene afiliación a alguna caja con fecha anterior?
Buenos dias, Emma. La aplicacion de la ley 24476, te faculta modificar el Puc, categorias y periodos desde 01/1955 hasta 09/1993, teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, LOS PAGOS.
En este caso, los unicos PAGOS son 11/12/1986. por lo que deben coincidir con PERIODOS declarados en sicam.
Respetando tu opinion considero que el sicam, de acuerdo a los datos aportados, es correcto.
Saludos
 #927830  por Emma2011
 
buenas tardes. Los calculos, de acuerdo a los datos informados, serian:

ART. 3 LEY 24476 ..............................7 AÑOS
ART. 19 ............................................9 AÑOS 02 MESES.....PUSISTE 09 AÑOS
PAGOS AUTONOMOS
11/12/1986...................................................02 MESES
RELAC. DEPENDENCIA
5/8/52 AL 28/4/63...........................10 AÑOS....08 MESES .....PUSISTE 10 AÑOS ..04 MESES
LEY 24476 AUTONOMOS.......................03 AÑOS
TOTAL.......................................... 30 AÑOS.

EL SICAM LO PODES SIMPLIFICAR. TODO EN SICAM 1.
01/1964 ....12/1966.........................LEY 24476..........ACTIVIDAD..CATEG. A
01/1967.....12/1973 ..................... ART. 3 LEY 24476
11/1986.....12/1986........................ ESTAN LOS PAGOS ACTIVIDAD CATEG. A
Ecar: Esta mal el sicam que le indicas porque mas arriba puso que estaba inscripta en autonomos hasta el 91 por lo tanto ese período tiene que estar contemplado en el sicam.
Moni: desde que mes del 55 figura en el sipa? tiene afiliación a alguna caja con fecha anterior?
Buenos dias, Emma. La aplicacion de la ley 24476, te faculta modificar el Puc, categorias y periodos desde 01/1955 hasta 09/1993, teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, LOS PAGOS.
En este caso, los unicos PAGOS son 11/12/1986. por lo que deben coincidir con PERIODOS declarados en sicam.
Respetando tu opinion considero que el sicam, de acuerdo a los datos aportados, es correcto.
Saludos

Buenas tardes ecar, reitero que el sicam no es correcto ya que todos los periodos en que estuvo inscripta (es decir hasta el 91) tienen que estar incluidos en sit.de revista, aunque no le sirvan y los renuncie con la 25321.
No se pueden no incluir porque estuvo inscripta, salen en el puc.
Las circulares y resoluciones a las que te referis que permiten cambiar categoria hasta el 93, solamente permiten eso, cambiar categorias, pero en ningun lado dicen que no tenes que incluir los periodos en que estuvo inscripta, si hace su sicam como le indicas hasta el año 86, va directo al rechazo porque le faltan los periodos que siguen hasta el 91.
La forista que inicio el post incluso los ha incluido correctamente en su planteo, lo que pasa que el resto de su plan en mi opinion tendria que ser corregido...pero no ha contestado las ultimas preguntas que le escribi que serian importantes para hacer el sicam definitivo...

Va con buena onda ecar, simplemente estamos debatiendo y hay que tratar de que salga perfecto, máxime si van a abonar de contado.Saludos
 #927882  por ecar
 
Buenas tardes Emma 2011, la liquidacion del sicam, parece sencillo, pero es muy interesante, porque se abren, como un abanico, la posibilidad de armarlo y presentarlo de diferentes maneras
.
Cuando liquido por ley 24476, lo que respeto, son los pagos, que coincidan con los periodos declarados, y si en periodos que figuran en el puc, no hay pagos, no los declaro, y no he tenido ningun tipo de rechazo, por ese motivo.

Considero que es mas sencillo, respetar el puc, aplicar el art 1 ley 25321,en periodos impagos, en vez de hacer cortes de periodos declarados en el puc y que no figuran pagos, tal como lo plantee.

saludos
 #928294  por monicbea
 
Gracias a Emma2011 y a Ecar por la ayuda.Les reitero todos los datos para no tener que ir al inicio del post:
Señora pensionada con Fecha de nac: 05/08/1934
RRDD:19/09/1946 al 28/04/1963 (Tomè para el càlculo desde el 5/08/1952 porque recièn ahì tuvo 18 años) - 10 años /8 meses. EMMA2011 me preguntaba fecha de inscripciòn en SIPA de la RRDD,fuè el 6/1955. Tiene certificaciòn de servicio por todo el perìodo.
Autònoma -inscripta con fecha de inicio en SIPA y PUC :01/01/1969 . Y el ùltimo pago el 30/09/1991 ( todo el perìodo con deuda ,excepto 2 meses del año 1986,NOv y DIC)

Armè SICAM 1: 7 años (aplicando art.3 a perìodos con màs deuda)

01/1969 al 12/1969 art.3 ley 24476
01/1970 al 12/1984 art.1 ley 25321
01/1985 al 12/1985 art.3 ley 24476
01/1986 al 09/1986 art.1 ley 25321
10/1986 art.3 ley 24476
11/1986 añ 12/1986 libres,ùnicos 2 meses pagos

Mi duda màs que nada es porque nunca armè con art.3 y art.1 de la 25321 mezclados.Siempre tratè de aplicar primero art.3 y luego art.1 de la 25321 .Pero si lo presento asì podrà andar? Muchas gracias!!
01/1987 al 09/1991 art.3/24476

SICAM 2 (Perìodos ampliado) - 4 años

05/1963 al 04/1967

art.19: 9 años
 #928328  por Emma2011
 
monicbea escribió:Gracias a Emma2011 y a Ecar por la ayuda.Les reitero todos los datos para no tener que ir al inicio del post:
Señora pensionada con Fecha de nac: 05/08/1934
RRDD:19/09/1946 al 28/04/1963 (Tomè para el càlculo desde el 5/08/1952 porque recièn ahì tuvo 18 años) - 10 años /8 meses. EMMA2011 me preguntaba fecha de inscripciòn en SIPA de la RRDD,fuè el 6/1955. Tiene certificaciòn de servicio por todo el perìodo.
Autònoma -inscripta con fecha de inicio en SIPA y PUC :01/01/1969 . Y el ùltimo pago el 30/09/1991 ( todo el perìodo con deuda ,excepto 2 meses del año 1986,NOv y DIC)

Armè SICAM 1: 7 años (aplicando art.3 a perìodos con màs deuda)

01/1969 al 12/1969 art.3 ley 24476
01/1970 al 12/1984 art.1 ley 25321
01/1985 al 12/1985 art.3 ley 24476
01/1986 al 09/1986 art.1 ley 25321
10/1986 art.3 ley 24476
11/1986 añ 12/1986 libres,ùnicos 2 meses pagos

Mi duda màs que nada es porque nunca armè con art.3 y art.1 de la 25321 mezclados.Siempre tratè de aplicar primero art.3 y luego art.1 de la 25321 .Pero si lo presento asì podrà andar? Muchas gracias!!
01/1987 al 09/1991 art.3/24476

SICAM 2 (Perìodos ampliado) - 4 años

05/1963 al 04/1967

art.19: 9 años
1)Si escribis que tiene un pago el 9/91 en ese mes no le podes aplicar el art.3 porque te la rechazan.
Hola
1) Al mes 9/91 no le podes aplicar art.3 si escribis que lo tiene pago.
2) No se porque haces dos sicam si ahora se hace uno solo salvo que tenga moratoria 529 y optes por ella, pero en ningun lado lo has consignado que la tenga por lo tanto yo siempre hago todo el plan en sicam 1.
Habria que ver muy bien esa certificacion de servicios que tiene...si algo estuviese mal te la rechazarian por 3 años...Si fuera mio y previo hablar con la clienta sobre el tema y si esta de acuerdo, tomaria directamente lo que sale en el sipa es decir desde el 6/55 por lo que compraria:
5/63 al 9/91
3/76 al 10/86 art.1 ley 25321
1/87 al 9/91: art. 1 ley 25321 (si el periodo 9/91 esta pago no lo renunciaria)
01/3/69 al 28/02/76 art3 (fijate muy bien en la pantalla de pagos que entre esas fechas no tenga ningun pago, si lo tiene no le podes aplicar art.3)
Queda mas prolijo.
 #928344  por ecar
 
buenas noches, como se dice, 4 ojos ven mas, los de emma2011 y los mios.
Por los servicios en relacion de dependencia, al existir certificacion de servicios, considero que se podrian tomar desde los 18 años, teniendo en cuenta, si es certificado de epoca o extendido antes del 31/12/77. Ademas corroborar si tiene constancia de afiliacion, ya sea a traves de talon de afiliacion o que figure la afiliacion en sijip, aunque dicha fecha, sea posterior a la fecha de inicio.
saludos.
 #928375  por Emma2011
 
ecar escribió:buenas noches, como se dice, 4 ojos ven mas, los de emma2011 y los mios.
Por los servicios en relacion de dependencia, al existir certificacion de servicios, considero que se podrian tomar desde los 18 años, teniendo en cuenta, si es certificado de epoca o extendido antes del 31/12/77. Ademas corroborar si tiene constancia de afiliacion, ya sea a traves de talon de afiliacion o que figure la afiliacion en sijip, aunque dicha fecha, sea posterior a la fecha de inicio.
saludos.
Si, esta perfecto lo que decis ecar, y mas si hubiese constancia de afiliacion se podrian tomar...pero...hay cada udais...por ahi te demoran meses por este tema. Es una decisión que tendra que tomar la colega, esperemos que salga otorgada y rápido *suerte*
 #928518  por monicbea
 
Buenas tardes,de manera que si tiene el pago fuera de tèrmino no puedo aplicar art.3 ley 24476? porque desde el 1/69 al 5/85 no tuvo pagos hechos .Pero desde el 5/85 al 9/91 si tiene los pagos pero todos hechos fuera de tèrmino,no es que en estos casos puedo aplicar art.3?. Gracias
 #928524  por ecar
 
buenas tardes, como te explico emma2011, no se puede aplicar art. 3, a periodos pagos en termino o fuera de termino.
Ya que tenes pagos desde 05/1985 al 09/991, proba de liquidar con el periodo pagado fuera de termino, ya que dichos pagos van a cubrir parcilmente el periodo deudor.
Saludos