Estimados colegas: recurro a ustedes porque tengo una terrible duda. Les cuento que tengo que hacer dos demandas de daños y perjucios. Estoy dando mis primeros pasos en la profesion y en verdad tengo muchos miedos a equivocarme. Mi duda existencial es respecto al rubro de la liquidacion en la demanda. No tengo ningun informe de algun medico legista para saber grado de incapacidad, es si o si necesario tener un informe de un medico legista para hacer la liquidacion? O es como una guia para llegar al monto reclamado? Existe la posibilidad de que haga la liquidacion sin tener grado de incapacidad o es totalmente descabellado lo que digo???? Por otro lado, no tengo idea como hacer la liquidacion, he visto que toman en cuenta grado incapacidad y lo multiplican por edad (faltante p/ jubilarse) y salario. Pero estoy realmente perdida y tengo miedo que me ataquen la liquidacion si hago cualquier cosa. Perdonen mi ignorancia por favor. y DESDE YA MILLONES DE GRACIAS!!!!!!!!!!
analia en mi opiniòn no es necesario agregar un informe de médico legista con el grado de incapacidad, porque de todas maneras el demandado lo rechazará. En este caso podés estimarlo vos y mencionarlo en la demanda, además de valorizar el daño y no digas grado de incapacidad, reclamá monto y dejalo supeditado a la pericial médica que se realice.
Son muy pocas las demandas que contienen informe de médico legista y el grado de incapacidad tiene significación para pocos rubros, no todos. Acorde ese porcentaje el juez determinará el monto de indemnización.
Las Cías de seguros pagan valores disimiles (en acuerdos) por cada punto de incapacidad y los rubros que reclamarás dependerán del hecho en particular, las condiciones personales de la víctima, etc.
Si puedo ayudarte con algún escrito mandame un MP.