Buenas tardes !! Acabo de recibir una Carta Documento de una no grata sorpresa ya que en el año 1998 siendo residente de un paraje rural en la pcia. del Chubut y al quedar alcanzado bajo un Denominado Desastre Agropecuario por inclemencias climáticas (lluvias e inundaciones) con la posterior perdida de la totalidad de mis bienes, cultivos, animales, "etc" que era la base fundamental de mi sustento y el de mi flia. La provincia del Chubut a través del Banco del Chubut dió como paliativo un Crédito encuadrado dentro de la Ley 3998 SISTEMA SAFIRO como ayuda para paliar la situación de $ 6000.
Con el transcurrir del tiempo el Gobierno Provincial comenzó a evaluar la posibilidad de condonar la deuda ya que la misma era mínima y de suma necesidad para los pobladores afectados por semejante catástrofe natural. Mi pregunta es si la deuda no debería haber prescribió debido al tiempo transcurrido.
Desde ya agradezco a todos quienes me puedan asesorar al respecto.
Adjunto Carta Documento.

Con el transcurrir del tiempo el Gobierno Provincial comenzó a evaluar la posibilidad de condonar la deuda ya que la misma era mínima y de suma necesidad para los pobladores afectados por semejante catástrofe natural. Mi pregunta es si la deuda no debería haber prescribió debido al tiempo transcurrido.
Desde ya agradezco a todos quienes me puedan asesorar al respecto.
Adjunto Carta Documento.

