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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #932725  por ciceronio
 
Buenas, tengo una duda y pese a que investigué no encontré respuesta ¿los gastos que se le abonan al depositario judicial de un bien secuestrado por un embargo preventivo los abona quien pidió el embargo? ¿o como es habitual en estos casos, integran las costas del juicio y los abona quien pierde?
 #932776  por martindecre
 
mira, el embargo preventivio es una medida precautoria de un supuesto crédito. Ahora si el embargo fue bien solicitado, es decir que el embargante obtuvo un fallo a su favor, lo debe soportar el embargado.
Ahora, si resulta que el embargo fue trabado y no se le dio la razón en el fallo, en principio lo debe soportar el embargante, por haber embargado bajo su responsabilidad. Saludos.