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  • VENCIMIENTO. ACC. TRANSITO. ASEGURADO NO TITULAR DOMINIAL

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 #932836  por elvirablopez
 
Buen Dia Foristas, llego a la oficina el siguiente tema: Accidente de Transito, demandan en forma conjunta al titular dominial del vehiculo que embistente (hijo) y al que paga el seguro (padre). El pago del seguro se perfeccionaba por tarjeta de credito del cual no guardo comprobante alguno. PREGUNTA: Corresponde que sea demandado el padre? y en caso afirmativo, cabe la posibilidad de solicitar la documentacion que acredita el pago de la poliza por oficio?. y por ultimo, alguien tiene algun modelo como ayuda para contestar en estos casos. Desde ya les quedo muy agradecida por sus respuestas. Saludos cordiales.
 #932893  por dramcflores
 
esta bien que demanden al titular registral del vehículo y al asegurado sino son la misma persona, ya que si no notifican al asegurado la cía de seguro no puede ser citada en garantía.
No entiendo para que necesitas los comprobantes de pago del seguro, en todo caso la cía de seguros va a ser citada por la actora o denunciada como tercero por vos para que responda y en su contestación manifestará que el seguro estaba pago o no. Igualmente podes solicitar por oficio que la tarjeta te envíe los resumenes para demostrar el pago del seguro.
 #933025  por casla
 
ACCIDENTE DE TRANSITO. Buenas tardes a todos, es la primera vez que entro a este foro y queria pedirles su ayuda. Vino a verme un sr. que embistio una motocicleta. El motociclista esta bastante malherido y si bien mi cliente hizo todo lo que debia hacer, léase denuncia policial, denuncia en su seguro, esperó que la emergencia lo atienda, se siente bastante mal. Necesitaria que me orienten un poco como seria el procedimiento a seguir, ya que es el primer caso de accidente que me tocó. Les agradezco mucho!!!
 #936546  por ulpiano21
 
casla escribió:ACCIDENTE DE TRANSITO. Buenas tardes a todos, es la primera vez que entro a este foro y queria pedirles su ayuda. Vino a verme un sr. que embistio una motocicleta. El motociclista esta bastante malherido y si bien mi cliente hizo todo lo que debia hacer, léase denuncia policial, denuncia en su seguro, esperó que la emergencia lo atienda, se siente bastante mal. Necesitaria que me orienten un poco como seria el procedimiento a seguir, ya que es el primer caso de accidente que me tocó. Les agradezco mucho!!!

Objetivamente, suguramente lo habran notificado del art. 60 CPP (ba as) por "lesiones culposas" esto en el aspecto penal. En la esfera civil esta cubierto tiene seguro y eso es lo que interesa, seguramente cuando la contraparte inicie el reclamo civil lo citen al embistente y a la aseguradora q es la citada en garantia. Pero para eso esta ésta ultima que es la que cubre el riesgo dado q como dice la ley de seguros debe mantener indemne el patrimonio del asegurado. No es mas que eso. De tu parte vos le podes decir al cliente que lo vas a representar -patrocinio o poder- para agregar pruebas en la IPP donde se demuestre que actuó sin dolo.