Hola estimados colegas, queria hacerles una pregunta con respecto a un caso: Un hombre viene al estudio diciendo q trabajó 3 años en blanco en una empresa, lo despidieron el mes pasado, pero el me dice que por el trabajo q realizó le quedó un fuertísimo dolor en la espalda. Mi duda es si puedo reclamar al empleador o a la ART ya que la relacion laboral ya no está vigente, ¿debo mandar tcl al empleador y a la ART ? o solo me queda la via civil contra el empleador?. Muchas gracias!!!!
Tocayo más allá de mis opiniones sobre la prescripción de la acción por accidentes de trabajo que no vienen al caso, en caso de que no se pueda determinar la toma de conocimiento durante la relación laboral conforme al art. 44 de la LRT tenés dos años a partir de la cesación de la misma para reclamar.
Ahora "fuertísimo dolor en la espalda" no es una enfermedad por lo que sería conveniente que lo vea un médico para saber cual es la causa de los dolores y cual es la relación causal con las tareas desarrollas habitualmente o alguna que eventualmente realizó.
Con ese dato sí podrías encausar mejor un reclamo mediante telegrama a la ART (responsabilidad por la acción especial o por falta de control) y al empleador (responsabilidad laboral fundada en normas de derecho común laboral, civil y/u otras, contractual y/o extracontractual).
También creo que convendría que le preguntes por qué lo despidieron, no sea cosa que lo hayan despedido porque ya no podía realizar las tareas por los fuertes dolores o se atrevió a decirle al patrón que tenía una enfermedad laboral y por eso lo despedieron, porque si fue así está el tema del despido discriminatorio.
Saludos.