Estimados colegas:
Soy un abogado novel y aún idealista, de suerte que me pregunto lo siguiente: en la jurisdicción de las justicias nacional y federal de la Ciudad de Buenos Aires, ¿se puede reemplazar el tratamiento honorífico tradicional por uno menos bizantino, clasista y disconforme a derecho?
De resultas de la breve investigación que he realizado sobre el particular, les recuerdo que ciertas constituciones provinciales de la Argentina así lo preceptúan. Verbigracia, las constituciones de La Pampa y de Entre Ríos.
Aunque este asunto pueda resultarles baladí, créanme que cuenta con una importancia moral considerable para mí.
Cordialmente,
Abogado E.A. Sulpizio.
Soy un abogado novel y aún idealista, de suerte que me pregunto lo siguiente: en la jurisdicción de las justicias nacional y federal de la Ciudad de Buenos Aires, ¿se puede reemplazar el tratamiento honorífico tradicional por uno menos bizantino, clasista y disconforme a derecho?
De resultas de la breve investigación que he realizado sobre el particular, les recuerdo que ciertas constituciones provinciales de la Argentina así lo preceptúan. Verbigracia, las constituciones de La Pampa y de Entre Ríos.
Aunque este asunto pueda resultarles baladí, créanme que cuenta con una importancia moral considerable para mí.
Cordialmente,
Abogado E.A. Sulpizio.
Ignorantia facti, non iuris excusatur