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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #933817  por CarlosRosario
 
Alguien con más experiencia en la construcción que el suscripto me podría tirar una guía?
Resulta que por primera vez me encuentro con el caso de un trabajador de la construcción fallecido después de jubilado, pero que nunca había retirado la Libreta de aportes de la empresa, y tiene un saldo no desdeñable en el banco. No tiene viuda ni hijos menores. La ley 22.250 dice que los sucesores podrán retirar la libreta "sin ningún trámite judicial" o algo similar.
En primer término, no veo que la empresa vaya a entregarle la libreta a ninguno de los hijos mayores sin una declaratoria de herederos, que por lo tanto considero que voy a tener que hacer.
Después, aunque los herederos se hagan de la libreta no van a poder retirar el dinero bancarizado, no?
Qué tendría que hacer? Terminar la declaratoria, pedir oficio al banco donde el monto está depositado para que sea transferido a una cuenta judicial a nombre de la sucesión, hacer la denuncia de bienes y recién entonces que los herederos se hagan del dinero?
Gracias desde ya a cualquier alma colaborativa.
 #934023  por soria ymedrano
 
Sin lugar a dudas deberás hacerle percibir el fondo de desempleo a los herederos a través de la sucesión. Tendrás que denunciar el crédito en el sucesorio solicitando en el banco un saldo de cuenta y presentarlo en la sucesión. Luego como vos decís, deberás hacer transferencia a una cuenta que deberás solicitar su apertura en el sucesorio
 #934106  por CarlosRosario
 
Gracias por la respuesta. La libreta en sí perdería relevancia o es importante para obtener el dato del depósito en el banco? Pensaría que la empleadora sólo se la va a entregar al que le presente la declaratoria.
 #934107  por soria ymedrano
 
En este caso en particular olvidate de la empleadora el que hará entrega del fondo de desempleo es la entidad bancaria y en todos los casos que tuve los bancos pagan mediante sucesión. En la libreta debe constar cual es la entidad bancaria. Corroboralo solicitando saldo n el banco o en caso de negativa del banco, pedí en la sucesión se libre oficio al banco a los fines que informe datos completos de la cuenta y saldo. Hacete de paciencia y mucha suerte!!!!!
 #934272  por CarlosRosario
 
La joda va a ser la depreciación del dinero, pero no hay de otra. Trataré de ver si lo traigo cuanto antes a depósito judicial y lo hago convertir a plazo fijo renovable automáticamente. ¡Muchas gracias de nuevo!
 #934273  por CarlosRosario
 
La joda va a ser la depreciación del dinero, pero no hay de otra. Trataré de ver si lo traigo cuanto antes a depósito judicial y lo hago convertir a plazo fijo renovable automáticamente. ¡Muchas gracias de nuevo!