Hola queridos foristas, tengo la siguiente duda; un cliente tuvo un accidente de trabajo, la A.R.T. acaba de darle el alta, pero le quedo una cicatriz de 2cm en el rostro, este tipo de daño estético es indemnizable por la A.R.T. Debería mandar C.D. para que se expida sobre el grado de incapacidad que le quedo ? gracias