Buen dia:
Quería me confirmen lo siguiente: Llevamos el juicio de un cliente por cobro de alquileres. Se obtiene sentencia y el deudor es insolvente, se abre la quiebra.-
Los honorarios tienen privilegio de cobro sobre todos los bienes del deudor, tienen preferencia antes del crédito de nuestro cliente. Es así?
Quería me confirmen lo siguiente: Llevamos el juicio de un cliente por cobro de alquileres. Se obtiene sentencia y el deudor es insolvente, se abre la quiebra.-
Los honorarios tienen privilegio de cobro sobre todos los bienes del deudor, tienen preferencia antes del crédito de nuestro cliente. Es así?