Hola a todos!!!; necesito de vuestra/s opinion/es
Soy Autonomo; Resp insc. (x actividad encuadro en categoria T2). En noviembre 2012; el sistema MARIA (el sist informatico de la Aduana); me observa (lo que me impide importar); una operacion de comercio exterior de importacion. Sin mayores detalles; debia recurrir con un multinota f206 a la AFIP, a la calle Defensa 135, detallar actividades, y solicitar la atencion de un inspector. La Inspectora de fiscalizacion (en primer momento que tenia una deuda como empleador; a lo que respondo y presento documentacion respaldando que no habia tal deuda, con todos los comprobantes de pago y retenciones que me realizan mis provedores; a lo que observan y aducen como un error de sistema x no poder visualizar las retenciones, una vez corroborado me dicen que estoy en regla) y me dice, luego de conversar con su superior; que debo re-categorizarme en categoria T3. Le realizo los pagos (para agilizar el tramite, pagué 2 veces por cada mes - dde los ultimos 6 meses, 6 aportes que ya estaban el CAT T2 cat II, y le realice 6 pagos x categoria T3). Ante la imposibilidad, de que el sistema me acepte la re-categorizacion T3, concurro a Defensa 135, me atiende otro inspector y me dice que mi categoria correcta es la que estoy pagando. Que no me haga problema. En el dia de ayer se contacta la primera inspectora: y me dice que por mis ingresos deberia re-categorizarme (dentro de la misma categoria T2) pero en la categoria OPTATIVA (como III) o categoria optativa (que se utiliza como de pago voluntario) pero lo debia hacer obligatoriamente.
Pregunto: "si la categoria T2; cat II es para ingresos desde $20.001 ....¿estoy obligado a realizar la categorizacion?? (que figura como optativa); pero me la estan haciendo OBLIGATORIA?? e impuesta?? Muchas gracias. Disculpen lo extenso. Slds
Soy Autonomo; Resp insc. (x actividad encuadro en categoria T2). En noviembre 2012; el sistema MARIA (el sist informatico de la Aduana); me observa (lo que me impide importar); una operacion de comercio exterior de importacion. Sin mayores detalles; debia recurrir con un multinota f206 a la AFIP, a la calle Defensa 135, detallar actividades, y solicitar la atencion de un inspector. La Inspectora de fiscalizacion (en primer momento que tenia una deuda como empleador; a lo que respondo y presento documentacion respaldando que no habia tal deuda, con todos los comprobantes de pago y retenciones que me realizan mis provedores; a lo que observan y aducen como un error de sistema x no poder visualizar las retenciones, una vez corroborado me dicen que estoy en regla) y me dice, luego de conversar con su superior; que debo re-categorizarme en categoria T3. Le realizo los pagos (para agilizar el tramite, pagué 2 veces por cada mes - dde los ultimos 6 meses, 6 aportes que ya estaban el CAT T2 cat II, y le realice 6 pagos x categoria T3). Ante la imposibilidad, de que el sistema me acepte la re-categorizacion T3, concurro a Defensa 135, me atiende otro inspector y me dice que mi categoria correcta es la que estoy pagando. Que no me haga problema. En el dia de ayer se contacta la primera inspectora: y me dice que por mis ingresos deberia re-categorizarme (dentro de la misma categoria T2) pero en la categoria OPTATIVA (como III) o categoria optativa (que se utiliza como de pago voluntario) pero lo debia hacer obligatoriamente.
Pregunto: "si la categoria T2; cat II es para ingresos desde $20.001 ....¿estoy obligado a realizar la categorizacion?? (que figura como optativa); pero me la estan haciendo OBLIGATORIA?? e impuesta?? Muchas gracias. Disculpen lo extenso. Slds