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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #936149  por mar7
 
Hola colegas, tengo una duda, dsiculpen si es un poco tonta pero no me queda claro, si una audiencia debe notificarse con una antelacion de 5 dias, ¿cuando comienzan a contarse el plazo de 05 dias?, desde el mismo dia que se notifica a la parte en su domicilio real o comienza al otro día?

Respecto a la audiencia deberìa ser al día siguiente al quinto??

Asi seria?
 #936190  por dramcflores
 
las notificaciones se cuentan igual q para nosotros, desde el día siguiente y para mí la audiencia sería al 6to día xq dice 5 días antes