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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #91511  por Nanbe
 
Tengo 3 consultas: 1)Pension de un fallecido en actividad que tiene 96 meses de aportes anteriores y consecutivos hasta el mes de fallecimiento, Le alcanza para solicitar la pension o tengo que comprar moratoria y cuanto?
2) Jubilacion de un empleado con aportes hasta 03/79, luego compro moratoria hasta 07/92, tiene una inscripcion sin ningun pago como autonomo al que solicito baja retroactiva al momento de su inicio en 1997 y tiene baja de oficio desde 02/2007. Puedo aplicar 7 años de DDJJ desde 08/1985 a 07/1992. Solicito baja ficto en esa fecha.
3) se puede hacer una jubilacion automatica de ama de casa que no tiene nada de aportes nacida en 09/46? Cumplio 18 años en 09/64, exceso de edad de 16 meses. Si le computo el exceso de edad tendria obligacion con la moratoria hasta 29 años 4 meses con lo que llego a 01/94 y quedo a 4 meses de 09/93 pero que pasa con lo que puedo aplicar de DDJJ? en que momento la aplico? se puede hacer esta jubilacion?

 #91580  por cristiancordoba
 
1) en RD o autonomo? los pagos deben ser hechos en el mes correspondiente, no cuentan los pagos hechos pasado el mes. Si llegas a la regularidad o irregularidad con derecho, no necesitas nada mas.
2) el cese se toma al momento del último pago.
3) no.
 #91606  por Ishtar
 
2) Jubilacion de un empleado con aportes hasta 03/79, luego compro moratoria hasta 07/92, tiene una inscripcion sin ningun pago como autonomo al que solicito baja retroactiva al momento de su inicio en 1997 y tiene baja de oficio desde 02/2007. Puedo aplicar 7 años de DDJJ desde 08/1985 a 07/1992. Solicito baja ficto en esa fecha.
Hola, si el último aporte fue en el 79, y a todo lo posterior al 9/93 le aplicás el art.1 de la ley 25321, estimo que sí podes tomar 7 años de beneficios

3) se puede hacer una jubilacion automatica de ama de casa que no tiene nada de aportes nacida en 09/46? Cumplio 18 años en 09/64, exceso de edad de 16 meses. Si le computo el exceso de edad tendria obligacion con la moratoria hasta 29 años 4 meses con lo que llego a 01/94 y quedo a 4 meses de 09/93 pero que pasa con lo que puedo aplicar de DDJJ? en que momento la aplico? se puede hacer esta jubilacion

Hola, la DDJJ solo la podés aplicar hasta el 9/93.

En relación a la jubilación: tenés 2 caminos:

O esperar a que compense con la edad (te faltan unos meses)

O que compre el período que le falta a partir del 9/93 (pero tendría que abonarlo de contado)

En este supuesto si compras en un año posterior al 94 te cambiaría el número de años que podes tomar de beneficios tendrías que fijarte en la tabla.
 #93369  por Nanbe
 
cristiancordoba escribió:1) en RD o autonomo? los pagos deben ser hechos en el mes correspondiente, no cuentan los pagos hechos pasado el mes. Si llegas a la regularidad o irregularidad con derecho, no necesitas nada mas.
2) el cese se toma al momento del último pago.
3) no.
GRACIAS por responder, Cuanto estimas que cuestan 4 meses de aporte como costurera desde 10/93 al 1/94?

 #93372  por cristiancordoba
 
unos dos mil pesos