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  • Cuanto cobro??

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #936890  por FRANK10
 
Buenas tardes colegas, necesito saber cuanto se cobra por los siguientes actos procesales de una sucesión:
1.Iniciar media caratula del mismo, ya que se encontraba en préstamo.
2. Acompañar copias para la reconstrucción.
3. Notificar la devolución.
4. solicitar copia certificada de la declaratoria.

No pido regulación ya que es irrisorio lo que están regulando.
Muchas gracias por vuestro aporte.
 #936913  por ale532
 
A qué te referís con iniciar media carátula?

Coincido en que se regula muy poco, pero te diría que si querés cobrar tenés que pedir que te regulen honorarios (previa clasificación de trabajos). Además, después vas a tener que pagar los aportes en el expte. porque si no, no se ordena inscripción de los bienes...
 #939524  por FRANK10
 
Gracias Ale por tu respuesta, te cuento en este caso al tomar intervenciòn en un expte que se encuentra extraviado (este fue dado en prestamo hace años) para darle curso a tus peticiones arman lo que llaman una media caratula, y si el expte no aparece aportas lo que tgas para reconstruirlo y continuar con el curso del mismo.
Con respecto a los honorarios finalmente pedi regulacion, les voy contando como sigue...
Saludos!!
 #939697  por ale532
 
Mirá vos, nunca había escuchado el término...

Acá cuando se da un expte. por extraviado, le llaman lisa y llanamente "reconstrucción" ...no se han gastado demasiado en el nombre :lol:
 #948154  por norma1980
 
ale532 escribió:Mirá vos, nunca había escuchado el término...

Acá cuando se da un expte. por extraviado, le llaman lisa y llanamente "reconstrucción" ...no se han gastado demasiado en el nombre :lol:
jamas habia escuchado el termino tampoco!!