Mi cliente tiene pendiente con su ex una deuda alimentaria, sus hijos ya son grandes, y luego de que se generara esa deuda, se regularizó el tema de cuota alimentaria, pero le queda pendiente un crédito con la ex. Es del 2007, pero la ex, en el 2010, entró como acreedora al juicio sucesorio del padre de mi cliente, "tomando razón del embargo" el juez del sucesorio en 2010. La ex, con esta actividad que tiene, ¿interrumpe la prescripción de su crédito alimentario?
Espero respuesta, gracias
JV
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¿Será Justicia?
