Hola! Tengo una duda. El exceso de edad, en las jubilaciones x la 24476, se calcula además de por año entero, por meses tambien, es decir en la misma escala 2 de exceso por uno que se descuenta de los 30? Me surgió la duda leyendo la página de Anses donde muestra la escala.
Hola Ignacio:
el excedente de edad: años, meses y dìas se divide por 2 y ese resultado es el art. 19 , que lo vas a contar como beneficio y te va a servir para completar los años de servicio que necesitàs.
saludos
Maria