Estimados colegas!, tengo una conocida que me consulto por un tema laboral en negro, donde se accidentó esguinzandose el dedo, el tema es que ella solo me comento del trabajo en negro y que queria darse por despedida porque no le estaban pagando nada.
Intimamos por la 24013 y se considero despedida, se realizo la 1° audiencia de Seclo.
Y ahora me dice que quiere reclamar tambien por el accidente....mi duda es puedo ampliar el reclamo en la 2° audiencia de Seclo, diciendo que también se reclama por el accidente? en base al art. 28 de la LRT.
O tengo que volver a enviar telegrama reclamando por el accidente????
Que opinan??
Intimamos por la 24013 y se considero despedida, se realizo la 1° audiencia de Seclo.
Y ahora me dice que quiere reclamar tambien por el accidente....mi duda es puedo ampliar el reclamo en la 2° audiencia de Seclo, diciendo que también se reclama por el accidente? en base al art. 28 de la LRT.
O tengo que volver a enviar telegrama reclamando por el accidente????
Que opinan??