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  • Incumplimiento contractual. Conevio de pago.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #939569  por HerSan
 
Saludos colegas.

Quería saber si alguno de ustedes ha tenido algún caso similar para que me diera algunos consejos de no ser molestia.

La situación fáctica es la siguiente: un sindicato, para proteger a los trabajadores, realiza actas de inspección para controlar que se paguen los sueldos, contribuciones, se liquiden bien los sueldos y sus ítems, etc. Cuando sucede esto, se empieza a negociar con las empresas o comerciantes para que reconoczcan esa deuda y llegar a un acuerdo de pago. Al llegar a un acuerdo, yo hago plasmar el mismo en un convenio extrajudicial, en caso de no cumplir con dichas clásulas inciar la acción legal.

Mi consulta se relaciona a la etapa posterior a ella: en caso de incumlimiento, se me presentó la duda de tener que iniciar la acción por incumplimiento contractual en el fuero civil, o bien, iniciar otro tipo de acción en el fuero laboral. Si alguien ha tenido este tipo de experiencia, le agradecería mucho si me puede dar alguna idea.

Y en el caso de no llegar a un acuerdo, luego de ser enviada una carta documento con la intimación del caso, la acción no la debería inciar en sede laboral?

Muchas gracias por adelantado.
 #939570  por HerSan
 
HerSan escribió:Saludos colegas.

No tengo experiencia en derecho laboral, por lo que humildemente quería saber si alguno de ustedes, especialistas en la materia, ha tenido algún caso similar al que expondré para que me diera algunos consejos de no ser molestia. No es mi intención incursionar en un área del derecho que no es mi especialidad (derecho comercial, civil, bancario y soy además economista). Valoro a quienes se especializan. Sin embargo, la realidad me trajo a vivir al sur del país y mi única manera de empezar con el ejercicio de la profesión es tomar este tipo de casos.

Luego de una introducción sobre mi conyuntura, les plantéo la siguiente situación fáctica: un sindicato de comerciantes, en virtud de la protección de sus trabajadores afiliados, realiza constantes controles en comercios a traves de Actas de Inspección. En ellas queda constancia si los empleadores pagan los sueldos, si se depositan las contribuciones, se liquiden bien los sueldos por zona fría y demás ítems, etc.

Una vez que encuentran alguna deuda (la que sea), realizan el acta y comienzan a negociar con el empleador para que Cuando sucede esto, se empieza a negociar con las empresas o comerciantes para que reconozcan esa deuda. Los del sindicato sólo envían una carta documento con intimación de pago pero no pueden seguir más que eso sin la actuación profesional.

A través de mi experiencia en derecho de seguros y financiero, les aclaré que era necesario convenir un acuerdo de pago. En caso de incumplimiento de lo canvenido, se podría iniciar las acciones legales pertinentes.

El punto es: en qué fuero iniciaría las acciones judiciales? En el fuero laboral, pero por incumplimiento contractual (ejecución del convenio)? Mi duda es si esto puede llegar a ir al fuero civil en virtud del convenio, pero la materia es siempre laboral.

Y por otro lado, en el mismo caso, pero si un empleador se negase a acordar y reconocer su deuda, en este caso sí debería iniciarse en el fuero laboral ¿verdad?

Son muy, pero muy bienvenidos todos los consejos o aportes. Muchas gracias por tomarse el tiempo de leer este mensaje.

Un cordial saludo.

Al llegar a un acuerdo, yo hago plasmar el mismo en un convenio extrajudicial, en caso de no cumplir con dichas clásulas inciar la acción legal.

Mi consulta se relaciona a la etapa posterior a ella: en caso de incumlimiento, se me presentó la duda de tener que iniciar la acción por incumplimiento contractual en el fuero civil, o bien, iniciar otro tipo de acción en el fuero laboral. Si alguien ha tenido este tipo de experiencia, le agradecería mucho si me puede dar alguna idea.

Y en el caso de no llegar a un acuerdo, luego de ser enviada una carta documento con la intimación del caso, la acción no la debería inciar en sede laboral?

Muchas gracias por adelantado.