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  • LO PUEDO QUEBRAR?

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 #939807  por LAUBOG
 
Tengo un cliente al que la AFIP le está reclamando un bagón de dinero por una deuda actualizada de cuando era Responsable Inscripto. Todo, porque el contador que le hacía los papeles... no sabemos, fumaba demasiado, no sabía de contable... un pecado, porq mientras su empresa funcionaba, no había motivos para que todo esté tannn mal hecho.
Cuestión: la AFIP le está reclamando una suma sideral y las cuotas del plan son imposibles de pagar porque gana -trabajando en relación de dependencia- el monto de la cuota o menos! Le voy a pedir la quiebra entonces por la deuda del Fisco, no tiene otras y tampoco bienes, salvo el 20% del sueldo que le pueden sacar por embargo de haberes. Esta bien? se puede?
Lo que me preocupa, es que le embarguen el sueldo por mucho tiempo... alguien sabe si luego de la clausura de la quiebra, pago los honorarios del síndico y le levantan el embargo? o es algo indefinido... no le encuentro con precisión en la ley, por lo que quisiera que alguien que sepa del tema me ilumine un poco. Gracias!
 #940396  por andresxeneizes
 
el tema si pedis la quiebra, es si clausuran la quiebra por falta de activo o no, tecnicamente lo que deberian hacer es cuando decretan la quiebra empezar a embargarle el 20%, si luego de realizada la verificacion de los creditos ese embargo no alcanza para satisfacer los gastos del juicio se clausura la quiebra (232 lcq), pero si alcanza no se clausuraria la quiebra, y por ende la unica forma de cerrarla seria pagando todo y vas a tener un embargo in eternum.

que pasa si el tipo deja de pagarle a la afip?, puede pasar que le pida la quiebra la propia afip o sino quizas averigua si tiene bienes ve que no tiene y lo van pateando, y tu cliente seguira teniendo la deuda pero sin que le embarguen el salario.

y presentarlo en concurso? la afip suele tener un plan de refinanciacion para los que se presentan en concurso