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  • NO HA LUGAR A OPOSICION QUE HAGO???

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 #940346  por face
 
HOLAS COLEGAS RECIEN ESTOY INCURSIONANDO EN TEMAS PENALES, HABER SI ME AYUDAN.
MI CLIENTE IMPUTADO DE USURPACION POR DESPOJO, DESIGNA ABOGADO DEFENSOR, LUEGO ME DESIGNA SU CO DEFENSOR. CUANDO DECLARA MUCHO NO DICE, YA QUE EL NO USURPO NADA. EL TEMA ES QUE EL FISCAL ORDENO EL DESALOJO DE LOS TERRENOS QUE SON DE SU PROPIEDAD, POR QUE EL DENUNCIANTE PRESENTO ALGUNAS PRUEBAS DE SU POSESIÓN. A LA RESOLUCION QUE ORDENO EL DESALOJO ME OPUSE, NO LE HACEN LUGAR ADUCIENDO QUE HABIAN VENCIDO LOS PLAZOS QUE SON DE TRES DIAS, MI CLIENTE RECIBIO LA CEDULA EN SU DOMICILIO REAL UN LUNES, PERO EL OTRO CO DEFENSOR LA HABIA RECIBIDO EL JUEVES PASADO, Y NO ME HABIA AVISADO NADA.AHORA QUE PUEDO HACER, SE PUEDE APELAR TENGO CHANCES FUNDAMENTANDO QUE MI CLIENTE FUE NOTIFICADO EL DIA LUNES? SI ALGUIEN SABE POR FAVOR AYUDAAAAface
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Mensajes: 87
Registrado: Mar Abr 14, 2009 11:35 am
Mensaje privado
 #940515  por elgranpez81
 
LO PRIMERO QUE TENES QUE TENER CLARO ES NUNCA PONERTE COMO CO DEFENSOR SI NO CONOCES AL OTRO ABOGADO. SIEMPRE EN EL DESIGNA SI HAY OTRO ABOGADO PARTICULAR PONE EL REVOCA.
 #940525  por elgranpez81
 
ESTA BIEN NOTIFICADA. Y CORRE EL PLAZO AL SER CO DEFENSOR QUE NOTIFIQUEN A UNO
EN PROV BS.AS.
ARTICULO 90.- Número de defensores.- El imputado podrá ser defendido por más de un (1) defensor.
Cuando intervenga más de un (1) defensor, la notificación hecha a uno de ellos valdrá respecto a todos y la sustitución de uno por el otro no alterará trámites ni plazos.

EN CAP.

Art. 105. - El imputado no podrá ser defendido simultáneamente por más de dos abogados.
Cuando intervengan dos defensores, la notificación hecha a uno de ellos valdrá respecto de ambos, y la sustitución de uno por el otro no alterará trámites ni plazos.

SUERTE.