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 #940496  por MariGz
 
Hola. Mi primer juicio está a sentencia. Es un tema de salud. Lo inicié como amparo con cautelar. El juzgado me otorgó la cautelar y convirtió el proceso en sumarísimo (art. 498 Cód. Proc. Civ. y Com. de la Nación).

Ahora el expediente está a sentencia.

Mi pregunta es : de tener que apelar la sentencia, tendría 3 días para apelar y luego de concedido el recurso, 5 días para fundar? No tengo que apelar y fundar todo junto, no?

No tengo experiencia y tengo miedo de cometer un error. Gracias a quien pueda ayudarme