Hola a todos! Quería saber lo siguiente: Según la Ley 19.550, en una sociedad de hecho, los socios no se pueden reclamar nada entre si. Ahora bien, mi cliente quiere empezar funcionando como una sociedad irregular, pero de alguna manera quiere cerciorarse de que el socio cumpla con su aporte al momento de hacerlo. De que manera puedo instrumentar un contrato para que pueda lograr el cometido? Gracias a todos, saludos
