Estimados Foristas: les presento mi caso en concreto a ver si alguien me puede ayudar. Presente una PENSION DIRECTA en Moron con Insistencia basada en la aplicacion de la proporcionalidad, por el Fallo Pinto Angela. El caso concreto es asi: fecha de nacimiento del causante 08/09/46, fecha de fallecimiento 28/02/1992 (45 años de edad), aportes en relación de dependencia 21años 7 meses y 20 dias aportes realizados hasta Mayo 1986, y sin inscripción de autónomos. Segun mi entender, si bien el trámite de pensión se presenta al amparo de la ley 18038, no se encuadraba dentro de las categorias de aporte Regular ni Irregular con Derecho, pero si entendía que podía aplicarse la proporcionalidad que establece el fallo. Ahora bien, la CARSS me deniega porque la "...LEY 24476 Y CIRCULAR 70/06 establece que para que sea viable la tramitación del derecho invocado el causante deberia haberse encontrado formalmente afiliado al regimen de jubilaciones y pensiones de trabajadores autonomos con anterioridad a su fallecimiento...". Aca viene mi duda: la resolución denegatoria de la CARSS, en ningun momento hace referencia a mi fundamento, es decir a la aplicación de la proporcionalidad establecida en el fallo PINTO, sino que me deniega el Recurso con un fundamento general, que no tiene relación con lo que mi parte interpuso, y es el unico fundamento que la CARSS manifesto en su fallo denegatorio. Escribo este post, para saber alguna idea diferente antes de la vía judicial. Que me sugerirían sobre el tema? Desde ya si hay alguien les estaría muy agradecida.
