ulpiano21 escribió:Pero algo para mi dificil de comprender es que este fiscal archiva la IPP, pero continua con otra en donde mi clienta es imputada por una violacion de domicilio - morada en donde vivia con su ex-. Por ese motivo se me ocurrio solicitar la revisión del archivo ya que tengo testigos para corroborar las amenazas. Asismismo tambien se puede aportar que mi clienta es victima en tres IPP en donde su ex es la parte denunciada.
Vayamos por partes.
Primero dijiste que te disconforma el distinto trato dispensado a ambas -o mas- investigaciones.
Si archiva "esta" IPP por amenazas, pero prosigue con una -con los roles de las partes invertidos- por violación de domicilio, es porque en la primera no tiene "pruebas", y en la segunda si. No existe un criterio que señale que si archiva una, ambas deben archivarse: avanza la que puede probarse.
Pero después agregás que tenes testigos para probar las amenazas. Esto obviamente es distinto, será cosa de señalar por qué no se supo de ellos hasta ahora, aun partiendo de que nadie te va a creer, pues todos sospechan que los inventaste cuando se te murió la denuncia.
Para terminar, que tu clienta sea víctima en tres causas con el mismo imputado, no señala necesariamente que el tipo siempre la amenaza: también indica que a tu clienta le da por denunciar seguido, al mismo tipo, y siempre -qué casualidad- es amenazada cuando están a solas.
No te escribo para corregirte nada, sino para que enfrentes esos sencillos inconvenientes y refuerces los argumentos de tu escrito.
Saludos