Estimados Colegas. Les comento un caso laboral que tengo:
Mi clienta trabajo desde el año 2000 en servicio domestico -en negro- le pagaban $200 por mes, suma que posteriormente varios (a los dos años maso menos) a $250, sin aporte, ni SAC, ni vacaciones pagas, etc, trabajaba 8 hs diaria; esto se desenvolvió con normalidad hasta enero de 2009, en donde sus empleadores la pasaron hacer tareas de un comercio (en negro) -limpieza del local, reponer mercadería, cargar heladeras etc-, y además siguió realizando tareas de servicio domestico, y le pagaban 500 pesos por mes, aumentando las horas de trabajo y los días -de lunes a domingos- haciendo nueve hs diarias. Los primeros días de enero fue a trabajar, no la dejaron ingresar, le dijeron verbalmente que no vaya mas.
Ante esta situación: envié TLC:
1- Para que dentro del plazo de 24 horas de recepcionada la presente, proceda a aclarar mi situación y/o relación laboral, quedando usted formalmente intimado para que en el plazo de 30 días de recibida la presente proceda a regularizar mi situación de empleo no registrado, a tal fin denuncio como real fecha de ingreso el día 13 de marzo de 2000, en el rubro servicio domestico, prestando servicios de lunes a viernes, cinco horas por cada día, sueldo.. y en rubro empleada de comercio, fecha... categ...sueldo basico.... por mes, más horas extras, SAC, vacaciones pagas, según CCT y Ley de Contrato de Trabajo aplicables al caso, jornada laboral de lunes a domingo de 8 hs a 12 hs AM y de 16 hs a 20 hs PM. Por el presente acto intimo para que en el término de ley acredite ingresos de aportes ante organismos de seguridad social y sindícale, conforme lo estipulado en la ley laboral, en este sentido, deberá contestar en el plazo de 48 Hs. de recibida la presente si procederá a regularizar o no la situación irregular descripta y acreditar aportes, todo bajo apercibimiento de los arts. 8, 15 y demás artículos concordantes de la ley Nº: 24.013, arts. 46 y 47 de la ley Nº: 25.345 y Arts. 1 y 2 de la ley Nº: 25.323; se deja constancia que se cursará a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), misiva de idéntico tenor y fecha, también comunico que me abstendré de prestar servicios hasta tanto Ud. cumpla con lo intimado ut-supra, conforme art 1201 Código Civil “exceptio non adimpleti contractus” (excepción de contrato no cumplido), todo esto bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa.
Me respondieron el telegrama -dentro del plazo- y obvio negaron todo todo.
Estoy a punto de enviarle el segundo telegrama: en el cual puse:
1 Ante su aptitud renuente, omisiva, maliciosa, etc... Hago efectivo el apercibimiento y me considero gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa, intimo para que dentro del plazo de 24 hs de recibida la presente, ponga a mi disposición las liquidaciones y sus montos correspondientes al RUBRO INDEMNIZATORIO, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por ley corresponden.
Les pregunto es necesario que le detalle Servicio domestico tanto tiempo y empleada de comercio tanto tiempo, monto? o suficiente lo anterior -rubro indemnizatorio-?
Mi clienta trabajo desde el año 2000 en servicio domestico -en negro- le pagaban $200 por mes, suma que posteriormente varios (a los dos años maso menos) a $250, sin aporte, ni SAC, ni vacaciones pagas, etc, trabajaba 8 hs diaria; esto se desenvolvió con normalidad hasta enero de 2009, en donde sus empleadores la pasaron hacer tareas de un comercio (en negro) -limpieza del local, reponer mercadería, cargar heladeras etc-, y además siguió realizando tareas de servicio domestico, y le pagaban 500 pesos por mes, aumentando las horas de trabajo y los días -de lunes a domingos- haciendo nueve hs diarias. Los primeros días de enero fue a trabajar, no la dejaron ingresar, le dijeron verbalmente que no vaya mas.
Ante esta situación: envié TLC:
1- Para que dentro del plazo de 24 horas de recepcionada la presente, proceda a aclarar mi situación y/o relación laboral, quedando usted formalmente intimado para que en el plazo de 30 días de recibida la presente proceda a regularizar mi situación de empleo no registrado, a tal fin denuncio como real fecha de ingreso el día 13 de marzo de 2000, en el rubro servicio domestico, prestando servicios de lunes a viernes, cinco horas por cada día, sueldo.. y en rubro empleada de comercio, fecha... categ...sueldo basico.... por mes, más horas extras, SAC, vacaciones pagas, según CCT y Ley de Contrato de Trabajo aplicables al caso, jornada laboral de lunes a domingo de 8 hs a 12 hs AM y de 16 hs a 20 hs PM. Por el presente acto intimo para que en el término de ley acredite ingresos de aportes ante organismos de seguridad social y sindícale, conforme lo estipulado en la ley laboral, en este sentido, deberá contestar en el plazo de 48 Hs. de recibida la presente si procederá a regularizar o no la situación irregular descripta y acreditar aportes, todo bajo apercibimiento de los arts. 8, 15 y demás artículos concordantes de la ley Nº: 24.013, arts. 46 y 47 de la ley Nº: 25.345 y Arts. 1 y 2 de la ley Nº: 25.323; se deja constancia que se cursará a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), misiva de idéntico tenor y fecha, también comunico que me abstendré de prestar servicios hasta tanto Ud. cumpla con lo intimado ut-supra, conforme art 1201 Código Civil “exceptio non adimpleti contractus” (excepción de contrato no cumplido), todo esto bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa.
Me respondieron el telegrama -dentro del plazo- y obvio negaron todo todo.
Estoy a punto de enviarle el segundo telegrama: en el cual puse:
1 Ante su aptitud renuente, omisiva, maliciosa, etc... Hago efectivo el apercibimiento y me considero gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa, intimo para que dentro del plazo de 24 hs de recibida la presente, ponga a mi disposición las liquidaciones y sus montos correspondientes al RUBRO INDEMNIZATORIO, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por ley corresponden.
Les pregunto es necesario que le detalle Servicio domestico tanto tiempo y empleada de comercio tanto tiempo, monto? o suficiente lo anterior -rubro indemnizatorio-?