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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #942014  por SIPOL82
 
Hola. Me encuentro realizando un sicam. La persona tiene distintas inscripciones posteriores a 09/93 que no surgen en el PUC, PERO surgen los pagos en consulta de pagos y tiene los comprobantes de pago. Cuando armo la situación de revista ingreso los períodos que le figuran pagos y en los cuales tengo los comprobantes de pago y me surgen con deuda, no entiendo por que
 #942016  por MARIO1943
 
SIPOL82 escribió:Hola. Me encuentro realizando un sicam. La persona tiene distintas inscripciones posteriores a 09/93 que no surgen en el PUC, PERO surgen los pagos en consulta de pagos y tiene los comprobantes de pago. Cuando armo la situación de revista ingreso los períodos que le figuran pagos y en los cuales tengo los comprobantes de pago y me surgen con deuda, no entiendo por que
DEBEN ESTAR PAGADOS FUERA DE TERMINO
 #942140  por SIPOL82
 
Gracias. Pero la deuda es muchisima. y me fije y tiene todos los comprobantes de pago. Alguien tiene los vencimientos de autonomos para verificar si estan hechos los pagos en tiempo y forma? Gracias
 #942219  por MARIO1943
 
SIPOL82 escribió:Gracias. Pero la deuda es muchisima. y me fije y tiene todos los comprobantes de pago. Alguien tiene los vencimientos de autonomos para verificar si estan hechos los pagos en tiempo y forma? Gracias
EN DETALLE D E DEUDA TE LARAGA LA DEUDA CAPITAL POR UN LADO Y POR OTRO LADO TE LARGA LA DEUDA DE INTERESES, NO HACE FALTA SABER LA FECHA D E VENCIMIENTO
 #942275  por ecar
 
buenas tardes, te informo las fechas de vencimientos de pagos autonomos.

AUTONOMOS
desde 01/1955....hasta 09/1981 ....dias 15.
desde 10/1981...hasta 12/1990......dias 10
desde 01/1991..hasta 06/1993.......dia 5

VENCIMIENTOS CON CUIT
desde 07/1993..hasta 06/1994.....RG DGI...3710
desde 07/1994..hasta 04/1997.....RG DGI 3847/94
05/1997...hasta 12/1998..............RG ..4309/97
año 1999.................................RG....183/98
año 2000 ................................RG.....720/1999
AÑO2001.................................RG....937/2000
AÑO 2002................................RG....1187/2001
AÑO 2003................................RG 1392/2002
AÑO 2004................................RG 1607/2003
AÑO2005.................................RG 1782/2004
AÑO 2006................................RG 1985/2005
AÑO 2007................................RG 2179/2006
AÑO 2008................................RG 2373/2007
AÑO 2009,...............................RG 2530/2009
AÑO 2010................................R.G. 2738/2010
AÑO 2011.................................R.G. 3148/2011
AÑO 2012................................R.G.3250/2012
AÑO 2013...............................R.G. 3430/2013

NO INCLUYE EL MONOTRIBUTO.- SINO AUTONOMOS REGIMEN GENERAL.
SALUDOS
 #942407  por ecar
 
SIPOL82 escribió:PERDON , DONDE PUEDO ENCONTRAR LAS RESOLUCIONES GENERALES DE AFIP
Buenos dias, en BIBLIOTECA AFIP, VAS A ENCONTRAR LAS RESOLUCIONES. Saludos
 #942544  por SIPOL82
 
Hola Periquita. No logro saber porque es la deuda.. Al señor le figuran en el sicam pagos desde 10/93 hasta mayo de de 2001, que no figuran en en el Puc. Ahora bien como se tratan de periodos prescriptos y los pagos figuran en Sicam, entiendo que no me pedirán pruebas. El señor tiene los tickets de pago en principio con una categoria 001 y luego a partir de mayo de 1998 categoria 21, categoría B'. Yo miré los pagos y me parece que están hechos en tiempo y forma. Cuando le pregunto al señor, el es ingeniero químico con lo cual no se condice con la categoria 21. Mi idea era cargar la situación de revista por los periodos 93 a 96 (periodos que figuran pagos) y que dan cero y luego periodo 98 a 2001 renunciarlos ya que tengo los 30 y liquidar por ley 24241, que opinan?
 #942610  por periquita
 
Iría a la AFIP que le corresponde y averiguarìa bien en què figura inscripto y si pagó el monto correspondiente a la categorìa.

A veces los profesionales siguen pagando una categorìa que debió cambiar segùn los años de antigüedad en la matricula.

Saludos
 #942797  por MARIO1943
 
SIPOL82 escribió:Si, es lo que voy a hacer periquita. Gracias
NO ES COMPETENCIA DE AFIP, RES. 2620,NO VAS A SACAR NADA, SE AGARRAN DE LA RES. , SON PERIODOS PRESCRIPTOS ES COMPETENCIA DE ANSES, POR LO TANTO
LO TENES QUE CARGAR MANUALMENTE TENES QUE APLICAR LA CIRCULAR 58/10 Y 33/11(LEELA POR FAVOR, TAMBIEN LA RES. 2620)
 #942866  por SIPOL82
 
Hola. Si leí las resoluciones. Sé que se tratan de períodos prescriptos y que los tengo que cargar manualmente y que en todo caso Anses me va a pedir pruebas. El tema es que el señor tiene los tickets de pago pagados en tiempo y cuando calculo la deuda esos periodos pagados figuran con deuda. Los cargué conforme la categoría y actividad detallada en ticket de pago. No entiendo porque surge la diferencia. Tal vez en la agencia de Afip en la que figura inscripto me pueden orientar
 #943058  por ecar
 
SIPOL82 escribió:Hola. Si leí las resoluciones. Sé que se tratan de períodos prescriptos y que los tengo que cargar manualmente y que en todo caso Anses me va a pedir pruebas. El tema es que el señor tiene los tickets de pago pagados en tiempo y cuando calculo la deuda esos periodos pagados figuran con deuda. Los cargué conforme la categoría y actividad detallada en ticket de pago. No entiendo porque surge la diferencia. Tal vez en la agencia de Afip en la que figura inscripto me pueden orientar
BUEN DIA. SI CARGAS LAS CATEGORIAS QUE CORRESPONDE, NO TE PUEDE DAR DEUDA.

EN BOLETA DE APORTES AÑO 1993, FIGURA ACT 001 INDUSTRIAL CATEGORIA D.
CORRESPONDE DEPOSITAR LOS SIGUIENTES VALORES

HASTA 06/1994....$ 139.50
DESDE 07/1994... $ 148.80
DESDE 04/1995.... $ 169.96
DESDE 10/1995.. .$ 176.96
DESDE 04/1996... $ 179.20
DESDE 09/1996.. $ 232.96
DESDE 04/1997.. $ 245.12

1) SI LOS IMPORTES DEPOSITADOS, CAMBIAN A B, A PARTIR DE 03/1994, ES POR EL DTO 433/94.
autonomo unipersonal, con personal a cargo ( hasta 3 empleados) cat B.......

anteriromente, a los autonomo independientes con personal a cargo los asimilaban a la Caja de
empresarios, y en COD DE ACT, figuraba 000, si era comercial , COD DE ACT 001, si era industrial.
Y TRIBUTABAN POR CAT D ,sin tomar en cuenta la cantidad de personal a cargo.

2) SI LOS IMPORTES DEPOSITADOS CAMBIAN A PARTIR DEL 08/1944, es porque son integrantes de sociedad de hecho, QUE ESTABAN EN CAT D, Y LA NUEVA CATEGORIA, ES DIVIDEIENDO LA CANTIDAD DE EMPLEADOS POR EL NRO DE SOCIOS, Y SI EL RESULTADO ES ENTRE 1 A 3, SE ENCUADRA EN CAT B.

3) SI LOS IMPORTES DEPOSITADOS CORRESPONDEN A CAT D, ES PORQUE ERA INTEGRANTE DE SOCIEDADES LEGALMENETE CONSTITUIDADAS.

SALUDOS.