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  • costas por orden causado

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #942038  por Drml2010
 
Buenos dias. Si Camara resuelve costas de ambas instancias en el orden causado. Significa mis emolumentos deben ser afrontados por cada parte en un 50% y en caso de haber uno o mas coactores o codemandados no varia el porcentaje de obligacion de pago. Es correcto?
 #942065  por profesional
 
Las costas son soportadas en un 50% cada uno.
Si una de las partes está representada por vs personas no significa que se modifique ese 50%. Después se verá como lo dividirás proporcionalmente ese 50% entre los vs coactores o codemandados
 #942096  por Squonk
 
Drml2010 escribió:Buenos dias. Si Camara resuelve costas de ambas instancias en el orden causado. Significa mis emolumentos deben ser afrontados por cada parte en un 50% y en caso de haber uno o mas coactores o codemandados no varia el porcentaje de obligacion de pago. Es correcto?
No.-
Cuando son costas por su orden tus honorarios quedan a cargo de la parte que patrocinás.
 #942111  por Drml2010
 
Pero en este caso puntual quien reclama es un perito contador por lo cual entiendo debe hacerlo 50% a cada parte...
 #943328  por gusgus
 
si es en pcia, el perito puede reclamar a cualquiera de las partes el 100% de su regulacion, despues el que pague tendra la repeticion correspondiente por el 50% que pago de mas...
la excepcion es que:


ARTICULO 476°: Cargo de los gastos y honorarios. Si alguna de las partes al contestar la vista a que se refiere el artículo 458°, hubiese manifestado no tener interés en la pericia, absteniéndose por tal razón de participar en ella, los gastos y honorarios de los peritos serán a cargo de quien la solicitó, excepto cuando aquella hubiese sido necesaria para la solución del pleito, circunstancia ésta que se señalará en la sentencia.
 #943482  por Drml2010
 
Esta es una causa que tramita en CABA y si Camara resolvio costas de ambas instancias en el orden causado significa que cada parte actora y demandada debe abonar el 50% de los honorarios del perito contador. Entiendo asi se debe proceder respecto a la peticion de la regulacion de honorarios. Gracias, saludos cordiales
 #943489  por Squonk
 
Drml2010 escribió:Esta es una causa que tramita en CABA y si Cámara resolvió costas de ambas instancias en el orden causado significa que cada parte actora y demandada debe abonar el 50% de los honorarios del perito contador. Entiendo así se debe proceder respecto a la petición de la regulación de honorarios.
La petición de regulación de honorarios de quién?
No estaban regulados los honorarios del contador?
 #943528  por Drml2010
 
En 1era instancia regularon.
Camara elevo y determino que las costas de ambas instancias en el orden causado
Firme, ahora el perito contador peticiona se le depositen los debidos honorarios manifestando que cada parte debe hacerlo en un 50% por cada parte ( actora y demandada)
Es correcto entiendo lo manifieste y peticione de esta forma el deposito intimando a las partes a hacerlo bajo apercibimiento de ejecucion de sentencia
(Es cierto confundi en mi post anterior, no peticiona se regulen honorarios, sino intima a que se los depositen)
Gracias
 #943575  por ale532
 
Si la prueba pericial fue común a las partes (puntos de pericia propuestos por ambos) entonces sí, sería 50% cada parte.

Si la peticionó una sola de las partes, deberá pagar los honorarios del perito en su totalidad la esa parte.
 #943801  por gusgus
 
Drml2010 escribió:Esta es una causa que tramita en CABA y si Camara resolvio costas de ambas instancias en el orden causado significa que cada parte actora y demandada debe abonar el 50% de los honorarios del perito contador. Entiendo asi se debe proceder respecto a la peticion de la regulacion de honorarios. Gracias, saludos cordiales
la verdad, y no es la primera vez que me pasa con el/la consultante, que no entiendo para que consulta si ya tiene la respuesta definida y la mantiene a rajatabla.....

ademas que generalmente tiene una forma de expresar la consulta que da a equivocos, ya se lo he manifestado......
por mi, no respondo mas....

las formas, hay que mantenerlas, si te tratan de ayudar, reconocerlo....

si tenes una definicion firme a tu duda, no preguntes, total para que????

sincera y respetuosamente, no entiendo...

salutti
 #943966  por Squonk
 
gusgus escribió: la verdad, y no es la primera vez que me pasa con el/la consultante, que no entiendo para que consulta si ya tiene la respuesta definida y la mantiene a rajatabla.....

ademas que generalmente tiene una forma de expresar la consulta que da a equivocos, ya se lo he manifestado......
por mi, no respondo mas....

las formas, hay que mantenerlas, si te tratan de ayudar, reconocerlo....

si tenes una definicion firme a tu duda, no preguntes, total para que????

sincera y respetuosamente, no entiendo...

salutti
Totalmente de acuerdo con gusgus