Hola! recurro a su ayuda, a que en un daños y perjuicios por un accidente de tránsito que tramita en capital, tengo regulado honorarios de primera y segunda instancia, a notificados a la contraria y hasta intimados por el plazo de 5 días al depósito de los mismos. Cabe destacar que la demandada (aseguradora) no realizo el deposito. Mi duda surge ya que no se ha fijado ninguna tasa de interés por mora y si bien la idea es pedir el embargo, me gustaría que ya este fijado el interés. Que debería hacer? que me aconsejan?